El TJUE respalda la ley española sobre el proceso monitorio en acuerdos de consumo

El TJUE valida la legislación española del proceso monitorio en contratos de consumo, asegurando protección al consumidor.

Archivo - Imagen de unos negociadores estrechando la mano tras un acuerdo.JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha confirmado la conformidad de la legislación española relativa al proceso monitorio, que se encuentra regulada en el artículo 815.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Esta normativa no contraviene la Directiva europea en lo referente a las cláusulas abusivas en los contratos con consumidores, siempre y cuando estos últimos tengan la opción de solicitar la anulación de dichas cláusulas en otros procedimientos judiciales.

La decisión del TJUE se produce tras una consulta preliminar del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 3 de Arucas (Las Palmas), en el contexto de un litigio entre la entidad Investcapital y un cliente, relacionado con la reclamación de un crédito de una cuenta bancaria.

Según el tribunal europeo, el proceso monitorio en España permite un examen automático y limitado sobre la abusividad de las cláusulas contractuales, centrado únicamente en la reducción del monto demandado, sin llegar a pronunciarse sobre la nulidad de las cláusulas en cuestión.

Además, el TJUE señala que las etapas sucesivas del procedimiento, como la oposición del consumidor (artículo 818 LEC) y el juicio declarativo que puede iniciar el empresario, ofrecen al juez la facultad de evaluar de oficio estas cláusulas y posiblemente declararlas nulas.

El Tribunal descarta que la no presencia del consumidor en la fase inicial comprometa su derecho de defensa o el principio de contradicción, ya que el proceso monitorio no tiene un efecto de cosa juzgada. Destaca también que la legislación española asegura un debate contradictorio en las fases posteriores del proceso entre el consumidor y el profesional.

En conclusión, el TJUE determina que el artículo 815.3 de la LEC es adecuado al Derecho de la Unión Europea, dado que proporciona a los consumidores herramientas procesales efectivas para impugnar cláusulas abusivas y proteger sus derechos en etapas avanzadas del litigio.

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