El Tribunal Superior de Justicia de Extremadura ha emitido una sentencia que reconoce el derecho de un policía nacional a recibir una indemnización por las lesiones que sufrió mientras estaba en servicio, a pesar de que no se haya condenado a terceros ni se haya declarado insolvencia. Esta decisión subraya el principio de indemnidad, que exige que la Administración compense cualquier daño sufrido por los agentes en acto de servicio, excepto en casos de dolo o negligencia grave, conforme a lo comunicado por el sindicato JUPOL.
La sentencia destaca que la compensación debe ser completa, abarcando tanto daños físicos como perjuicios morales. Se trata de una evolución en la jurisprudencia, ya que establece que la Administración debe cubrir cualquier lesión en servicio, independientemente de la existencia de agresión o proceso penal. Este caso concreto involucra a un agente que experimentó una fractura en una intervención policial.
Gracias a la representación de los servicios jurídicos de JUPOL, dirigidos por Manuel Casero Rodríguez, el TSJ de Extremadura ha revocado la decisión inicial de la Dirección General de la Policía que rechazaba la indemnización, ordenando el pago de 17.428,50 euros más intereses legales. Esta resolución es vista por JUPOL como un avance significativo en la protección legal de los policías nacionales, asegurando que cualquier lesión en servicio sea indemnizada por la Administración, sin que importe la existencia de un procedimiento penal o la solvencia del agresor.
JUPOL también recuerda que ha logrado veredictos similares anteriormente, como los del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y reafirma su compromiso de ofrecer defensa jurídica gratuita a todos sus afiliados, incluyendo a los policías en prácticas, en todos los procedimientos relacionados con su labor profesional.
