El Tribunal Constitucional podría haber asumido funciones del Supremo según la Audiencia de Sevilla

Archivo - El ex presidente de la Junta de Andalucía, José Antonio Grinán llegando a los juzgados en una de las citaciones del caso EREEduardo Briones - Europa Press - Archivo

Desde la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, a través de una consulta preliminar dirigida al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), se sugiere que el Tribunal Constitucional (TC) «podría haber suplantado la función de interpretación» del Tribunal Supremo. Esto se debe a la decisión del TC de anular las sentencias previas, confirmadas por el Supremo, contra varios implicados en el esquema de financiación irregular de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, incluidos los ex presidentes socialistas andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán.

Según el reciente auto de la Sección Primera, publicado el lunes por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), se ha decidido elevar una cuestión prejudicial al TJUE para examinar si las decisiones del TC, que anulan las condenas previas y ordenan la emisión de nuevas sentencias con un criterio revisado, están en concordancia con el derecho europeo.

Previo a este desarrollo, la Audiencia había cuestionado si el Constitucional se había excedido con una «interpretación alternativa de la prevaricación y la malversación» en sus decisiones anulatorias y si la nueva doctrina aplicada por el TC «incumple las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción». Esta preocupación surge también por la posibilidad de no aplicar dichas sentencias anulatorias.

LA TESIS DEL CONSTITUCIONAL

El TC ha argumentado que la interpretación inicial de la Audiencia y la desestimación de los recursos por el Supremo contenían una interpretación «extravagante e imprevisible» que infringía el derecho a la legalidad penal, protegido por el artículo 25 de la Constitución Española. Además, el TC ha indicado que la participación en la aprobación de anteproyectos de ley de presupuestos no debería ser considerada como resoluciones en asuntos administrativos, y recalca que los jueces deben respetar la ley, planteando cuestión de inconstitucionalidad solo cuando es esencial para el fallo.

En respuesta a estas declaraciones, la Sección Primera ha suspendido la emisión de nuevas sentencias hasta clarificar su conformidad con el Derecho Europeo, intentando prevenir un potencial riesgo de impunidad y proteger los intereses financieros de la UE.

POSIBLE «SUPLANTACIÓN» DEL SUPREMO

El tribunal, ampliado a cinco magistrados y con la jueza Pilar Llorente como ponente, ha considerado que el TC «podría haber suplantado la función de interpretación de la Sala Segunda del Tribunal Supremo». Esto podría haber llevado a una intrusión en la jurisdicción ordinaria y un posible daño institucional significativo al anular y modificar las sentencias previas, afectando la interpretación de elementos esenciales de los delitos.

Según el tribunal, el enfoque adoptado por el TC al aplicar un estándar nacional de protección de derechos fundamentales por encima del de la UE podría aumentar el riesgo de impunidad en casos de corrupción política y otros delitos que impactan los intereses de la Unión y la lucha general contra la corrupción.

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