El Tribunal Constitucional (TC) ha decidido este martes no aceptar los recursos de súplica presentados por el PP y el Senado, que solicitaban que se valorara la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) respecto a la ley de amnistía, la cual ya había sido confirmada por el propio TC.
El Pleno del Constitucional, según comunicados oficiales, ha rechazado por unanimidad ambas súplicas que cuestionaban la resolución del TC del pasado 11 de junio, en la que se determinó «no haber lugar en ese momento procesal a la apertura de un trámite de audiencia relativa al posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE».
Los jueces concluyeron que dichos recursos de súplica ya no tenían objeto dado que la cuestión había sido definitivamente resuelta con la sentencia sobre la amnistía al ‘procés’, emitida el último 26 de junio. Esta decisión, aparte de validar la ley, rechazó la necesidad de consultar al TJUE al juzgar que los temas tratados eran estrictamente nacionales.
Además, el Pleno rehusó otro recurso de súplica del PP contra la decisión del TC del 10 de junio, que no accedió a la solicitud de Alberto Núñez Feijóo de que el presidente del tribunal, Cándido Conde-Pumpido, se apartara de las deliberaciones sobre la ley de amnistía.
Los miembros del PP alegaron que debería aplicarse el mismo criterio que se usó para excluir al magistrado conservador José María Macías, recusado por la Fiscalía, ya que tanto él como la esposa de Conde-Pumpido fueron parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre la ley durante el trámite parlamentario.
En relación con esta última decisión del Pleno, se ha registrado un voto particular del magistrado Enrique Arnaldo, y la magistrada Concepción Espejel emitirá un voto concurrente.