El Tribunal Constitucional desestima recursos de PP y Senado sobre consulta al TJUE respecto a la ley de amnistía

Archivo - Fachada de la Sede del Tribunal Constitucional.Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo

Este martes, el Tribunal Constitucional (TC) ha decidido no aceptar los recursos de súplica presentados por el PP y el Senado, que solicitaban que la corte de garantías procediera con el trámite formal para considerar la posibilidad de presentar una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en relación con la ley de amnistía, previamente confirmada por el TC.

El Constitucional ha informado que el Pleno ha rechazado unánimemente las dos solicitudes que cuestionaban la decisión tomada por el TC el 11 de junio, en la cual se determinó ‘no haber lugar en ese momento procesal a la apertura de un trámite de audiencia relativa al posible planteamiento de cuestiones prejudiciales ante el TJUE’.

Los jueces consideraron que los recursos de súplica ya no tenían objeto, dado que la cuestión había sido definitivamente resuelta con la sentencia sobre la amnistía al ‘procés’ emitida el 26 de junio. Esta sentencia, al validar la ley, excluyó la necesidad de consultar al TJUE al evaluar que la normativa abordaba exclusivamente aspectos de índole nacional.

Además, el Pleno rechazó otra súplica del PP contra la decisión del TC, tomada el 10 de junio, sobre la no participación del presidente de la corte, Cándido Conde-Pumpido, en las deliberaciones referentes a la ley de amnistía. Los ‘populares’ argumentaban que debería aplicársele el mismo criterio que se usó para excluir al magistrado conservador José María Macías, recusado por la Fiscalía, ya que tanto él como la esposa de Conde-Pumpido fueron parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre la ley durante el proceso parlamentario.

Sobre esta segunda resolución del Pleno, se ha registrado un voto particular por parte del magistrado Enrique Arnaldo, y la magistrada Concepción Espejel emitirá un voto concurrente.

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