El Tribunal Constitucional ha comenzado el procedimiento para evaluar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Defensor del Pueblo en relación con las modificaciones introducidas en la denominada ‘Ley Trans’ de la Comunitat Valenciana. El motivo del recurso es la posible infracción del derecho al libre desarrollo de la personalidad y de la intimidad personal de las personas transexuales menores de edad.
La acción legal se dirige contra un apartado específico añadido en el artículo 136, párrafo segundo, letra b), de la Ley 5/2025, de 30 de mayo, que altera el artículo 16 de la Ley 8/2017, del 7 de abril, que reconoce el derecho a la identidad y a la expresión de género. Ángel Gabilondo, en representación de la institución, ha expresado su preocupación por cómo este punto podría vulnerar los artículos 10.1 y 18.1 de la Constitución Española, que protegen estos derechos para los menores transexuales.
El Tribunal Constitucional ha recordado en una nota de prensa que el fragmento cuestionado estipula que «para iniciar el tratamiento farmacológico contarán con el apoyo y acompañamiento de profesionales de la salud mental, infanto-juvenil, mantenido durante todo el proceso y en el caso de que existiera comorbilidad será imprescindible un informe favorable del profesional que esté tratando al menor en dichas patologías».
Por su parte, desde la Generalitat Valenciana se ha subrayado el respeto absoluto por los procedimientos y decisiones del Tribunal Constitucional, defendiendo la autonomía regional y la competencia legislativa en materia de derechos y políticas públicas. Además, han destacado la importancia de la actualización legislativa para proporcionar mayor apoyo a los menores trans y a sus familias, asegurando que «Lo más importante –prosiguen– es que nadie se sienta solo durante todo el proceso de transición».
«La prioridad de este gobierno son las personas y con esta actualización de la ley trans evidenciamos el compromiso del Consell con la dignidad y los derechos, especialmente de los más vulnerables, los menores de edad», concluyen desde la administración autonómica.