El Tribunal Constitucional ha decidido no admitir a trámite el recurso de amparo interpuesto por Juana Rivas, que buscaba evitar la entrega de su hijo menor a su padre, Francesco Arcuri, conforme a lo establecido por la Corte de Apelación de Cagliari en Italia, que resolvió mantener la custodia del menor con el padre.
Según informaron fuentes jurídicas a Europa Press, los magistrados de la Sección Segunda del TC, José María Macías, Ricardo Enríquez y Juan Carlos Campos, se reunieron de urgencia este martes y desestimaron el recurso por no haberse agotado las vías ordinarias de recurso.
Representada por Aránguez Abogados, Rivas tomó esta medida tras la negativa de la Audiencia Provincial de Granada de suspender la orden de entrega emitida por el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Granada, que buscaba cumplir con la decisión judicial italiana.
PRINCIPIO DE CONFIANZA ENTRE ESTADOS UE
En el contexto del principio de confianza mutua entre los estados de la UE, el auto expone que ‘no podemos compartir el argumento que subyace en el planteamiento de la parte apelante, según el cual habría de aceptarse que el retorno del menor a Italia abocaría a la más completa desprotección del menor, por cuestionamiento de los mínimos estándares legislativos y jurisdiccionales en materia de protección de menores’. Añade que estos estándares, ‘por más que, hipotéticamente, a los meros efectos dialécticos y entrando en el terreno de lo meramente subjetivo u opinable, hubieran de tenerse como de peor condición con respecto a la normativa o la tutela jurisdiccional españolas, no por ello dejaría de obligarnos a operar conforme a las normas imperativas del derecho de la UE’. Los magistrados enfatizaron que no hay motivos para suspender la orden y las medidas de cumplimiento dictadas por la resolución apelada.
Finalmente, destacaron que es esencial reforzar la confianza mutua en los sistemas jurídicos de los estados miembros de la UE para asegurar un espacio de justicia armonioso y eficaz en la Unión.