El Tribunal Constitucional ha resuelto favorablemente el recurso de amparo presentado por una mujer que adquirió de una empresa una propiedad ocupada sin autorización. El caso fue calificado de «arbitrario» por el magistrado debido a que se decidió mantener la suspensión de la expulsión de los ‘okupas’ sin evaluar las circunstancias específicas del caso.
La Sala Segunda del Tribunal, con ponencia del magistrado Enrique Arnaldo, dictaminó por unanimidad en un proceso que se inició cuando la vivienda aún pertenecía a una empresa y la arrendataria dejó de abonar el alquiler. A pesar de las acciones legales de la empresa, la arrendataria abandonó el inmueble antes de ser desalojada.
Posteriormente, el inmueble fue ocupado ilegalmente por varias personas. Aunque el lanzamiento fue suspendido inicialmente hasta el 31 de enero de 2021 por el Real Decreto 11/2020, debido a la «acreditada situación de especial vulnerabilidad económica como consecuencia de la pandemia del Covid-19», esta suspensión se extendió hasta el 31 de diciembre de 2022.
La nueva propietaria solicitó reactivar el procedimiento y programar el lanzamiento, argumentando que no se cumplían las condiciones legales previamente consideradas ya que ella no era una gran tenedora. Sin embargo, el juzgado se negó a levantar la suspensión, argumentando que se trataba de un proceso de desahucio por impago y no de ocupación ilegal, y que la transmisión de la propiedad a una persona física no alteraba la suspensión del desalojo.
Finalmente, el Tribunal Constitucional ha anulado las decisiones judiciales impugnadas, aunque no ha considerado necesario retrotraer el caso, ya que tras la intervención de la corte se efectuó el lanzamiento del ocupante ilegal.
El TC criticó que el juez prorrogara la suspensión del lanzamiento sin considerar los criterios necesarios para cada tipo de ocupación, destacando que la interpretación del artículo 1 bis del Real Decreto-ley 11/2020 había sido incorrectamente excluida del caso, infringiendo el derecho a la tutela judicial efectiva de la demandante.
