El Tribunal Constitucional (TC) ha reafirmado este miércoles su apoyo a la ley de amnistía tras desestimar las objeciones presentadas por el Tribunal Supremo (TS), aunque ha admitido, como en su veredicto previo, que para proteger el principio de igualdad, la medida debe extenderse a quienes se manifestaron tanto a favor como en contra del ‘procés’.
Fuentes del ámbito jurídico, mencionadas por Europa Press, han informado que la decisión fue tomada por el Pleno con seis votos a favor de la mayoría progresista y cuatro en contra de la minoría conservadora, cuyos magistrados han anunciado un voto particular.
La discusión se centró en la inconstitucionalidad planteada por el TS en relación con dos casos específicos: uno de dos individuos condenados por desórdenes públicos en Girona y otro de una persona condenada por atentado contra la autoridad en Barcelona, eventos que ocurrieron tras la sentencia que condenó a los líderes del ‘procés’.
Los jueces del TS manifestaron que acudían al tribunal de garantías por la «absoluta convicción» de que la ley de amnistía infringía «al menos» el derecho a la igualdad y el principio de seguridad jurídica.
El TC ha resuelto este asunto con una estimación parcial, reiterando los argumentos de su primera sentencia sobre amnistía, emitida el pasado junio. En esa ocasión, respaldó la mayor parte de la ley, dando la razón al PP solo en tres aspectos menores.
En la actualidad, el alto tribunal recibe la misma respuesta que ofreció anteriormente a los ‘populares’, reconociendo también una infracción del principio de igualdad por omisión.
«En la medida en que esta inconstitucionalidad no se encuentra en lo que la norma establece sino en lo que omite», el TC decidió no declarar la nulidad de la ley, sino interpretar que las disposiciones de la ley deben aplicarse también a quienes cometieron actos con la finalidad de oponerse a la secesión o independencia de Cataluña.