La Sala Segunda del Tribunal Constitucional ha respaldado unánimemente a Tubos Reunidos S.A. en su recurso de amparo, relacionado con la obligación de devolver más de 30 millones de euros en exenciones fiscales. Estas ayudas habían sido previamente aprobadas por la Diputación Foral de Álava, pero posteriormente fueron consideradas incompatibles con el mercado comunitario por la Comisión Europea.
El Tribunal Constitucional informó que, entre 1994 y 1998, la diputación alavesa implementó ayudas en forma de crédito fiscal del 45% sobre las inversiones del Impuesto de Sociedades, beneficiando directamente a la empresa demandante. Inicialmente, la Diputación Foral de Álava no exigía la devolución de estos créditos, al reconocer el ‘efecto incentivador’ en el caso específico de la empresa, que había podido así ampliar sus actividades empresariales.
No obstante, la diputación cambió su postura tras una demanda de la Comisión Europea contra España, exigiendo la devolución de los 30 millones de euros. Tubos Reunidos impugnó esta nueva resolución ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que se declaró incompetente para revisar el caso, alegando que la Comisión Europea ya había tratado el asunto en correspondencia con la diputación.
En su fallo, la magistrada María Luisa Balaguer, ponente de la sentencia, argumentó que el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco erró al negar su competencia para evaluar el acto administrativo y el ‘efecto incentivador’ de las ayudas, ignorando así el procedimiento de recuperación de ayudas incompatibles y el deber de colaboración entre las autoridades nacionales y comunitarias.
