Tribunal de Murcia ratifica la finalización del derecho de uso de vivienda al cumplir la mayoría de edad los hijos

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Murcia ha reafirmado la decisión del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 1 de Yecla, que estableció la finalización del uso de la vivienda familiar asignado anteriormente a una madre y sus hijas, efectivo desde que la menor de ellas llegara a la mayoría de edad.

Según declaraciones del Tribunal Superior de Justicia de Murcia (TSJMU), la Audiencia ha determinado que, una vez alcanzada la mayoría de edad por la menor, es procedente la venta del inmueble o su asignación a uno de los progenitores, con la debida compensación económica para el otro.

La familia en cuestión está compuesta por dos hijas, una ya mayor de edad y otra de 16 años. Durante el proceso de divorcio en 2012, se concedió el derecho de uso de la vivienda a la madre y a las hijas. No obstante, en 2023, el padre solicitó la terminación de este derecho, obteniendo un fallo favorable.

La madre intentó revocar esta decisión, alegando que no se debería alterar lo establecido en la sentencia de divorcio de 2012, pero tanto el padre como el Ministerio Fiscal exigieron la confirmación de la nueva sentencia. El Tribunal subraya que, según el artículo 96 del Código Civil, modificado por la Ley 8/2021, el derecho de uso se extingue automáticamente cuando los hijos se hacen mayores de edad. Esta actualización legal se complementa con cambios en la jurisprudencia desde 2012.

Además, la Audiencia rechazó la petición de la madre de mantener el uso para un tercero y confirmó la decisión de no aplicar un régimen de custodia compartida. Los jueces destacaron las particularidades de los procedimientos familiares en cuanto a la prueba, permitiendo flexibilidad en la evaluación de pruebas y alegaciones.

Finalmente, la apelación de la madre fue desestimada y se le impusieron las costas del proceso. La sentencia es definitiva, aunque se permite la posibilidad de un recurso de casación si se demuestra un interés casacional.

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