El Tribunal de Sevilla consulta al TJUE sobre decisiones del Tribunal Constitucional en el caso ERE ante posible impunidad

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La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, tras recibir la instrucción del Tribunal Constitucional (TC) de anular condenas a varios implicados en la financiación irregular de los ERE, incluidos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, ha decidido plantear una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Esta medida busca ‘evitar un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares’ y ‘salvaguardar los intereses financieros de la UE’.

En un documento de 61 páginas emitido recientemente, la Audiencia expresó que antes había solicitado a las partes involucradas en el procedimiento judicial su opinión sobre si el TC ‘se ha extralimitado’ con una ‘interpretación alternativa de la prevaricación y la malversación’ en sus sentencias anulatorias, y si la nueva doctrina ‘incumple las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción.’

El TC argumentó que la interpretación de la Audiencia y del Tribunal Supremo sobre ciertos aspectos del caso no se ajustaban a la legalidad penal, tal como lo garantiza el artículo 25 de la Constitución Española, indicando que ‘los jueces, que están sometidos al imperio de la ley, tienen el deber de respetarla cualquiera que sea el juicio que su contenido les merezca’.

Ante esta situación, la Audiencia ha pausado la emisión de nuevas sentencias según lo ordenado por el TC debido a ‘las dudas acerca de su adecuación al Derecho Europeo y la jurisprudencia del TJUE’, con el propósito de ‘evitar que, por efecto de la doctrina incluida en las repetidas sentencias del TC, se produzca un riesgo sistémico de impunidad futura en escenarios similares’ y de ‘salvaguardar los intereses financieros de la UE’.

El tribunal subraya que ‘esta Sala no puede descartar que las sentencias del TC, sin haber llevado a cabo ponderación alguna de los intereses de la UE en juego, resulten contrarias al Derecho de la Unión y los Tratados y a la interpretación que de ellos ha realizado la jurisprudencia del TJUE, atenten contra el principio de primacía del Derecho de la Unión y generen una interpretación desigual del Derecho de la Unión en materia de protección de los intereses financieros de la UE y una falta de aplicación uniforme del Derecho de la UE en la materia’.

Finalmente, la Audiencia ha planteado al TJUE varias cuestiones prejudiciales sobre si las normativas europeas deben interpretarse en contra de una práctica nacional que permita al TC ‘extralimitarse invadiendo ámbitos reservados a la jurisdicción de los jueces y tribunales’ o si permiten que un tribunal, aplicando el Derecho de la UE, no aplique las sentencias del TC cuando estas sean contradictorias con las exigencias internacionales de combate a la corrupción y al fraude.

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