El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV), a través de la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, ha emitido cinco fallos que respaldan total o parcialmente diversas apelaciones presentadas por el ‘síndic’ y una diputada de Compromís en Les Corts. Estos recursos se interpusieron en respuesta a la negativa del Consell de proporcionarles documentación acerca de la administración de la dana acaecida el 29 de octubre pasado.
En todas las situaciones, los jueces han determinado que se ha comprometido el derecho esencial de los parlamentarios a la implicación de los ciudadanos en la política pública mediante sus representantes y al acceso equitativo a puestos y funciones públicas, derechos garantizados en el artículo 23 de la Constitución Española.
Los magistrados argumentan que las respuestas del gobierno autonómico a las peticiones de ambos diputados no están adecuadamente fundamentadas y carecen de para su rechazo. Así, el Tribunal concede el derecho de la diputada de Compromís, autora de tres de estos recursos, a obtener varios documentos.
Entre los documentos solicitados se incluyen los emitidos por el Servicio Automático de Información Hidrológica (SAIH) de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ), las notificaciones para participar en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) dirigidas al gerente de la SGSE y un reporte firmado por el subdirector general de Emergencias sobre la visita del presidente de la Generalitat al Cecopi el 29 de octubre, según informa el Tribunal valenciano.
Por otro lado, la Sala rechaza la solicitud del ‘síndic’ de Compromís en Les Corts de acceder a los registros de llamadas entrantes y salientes del jefe del Consell y de ocho consellers, así como a una copia de las grabaciones de las cámaras de seguridad del Centro de Coordinación de Emergencias, ubicado en l’Eliana. A pesar de reconocer la vulneración del derecho fundamental a la participación política por la falta de motivación en las respuestas del Consell, los jueces, alineados con el criterio del Ministerio Fiscal, consideran que estas demandas son y podrían menoscabar otros derechos como el secreto de las comunicaciones o la protección de datos personales de terceros.
SECRETO DE LAS COMUNICACIONES
La Sección Cuarta del TSJCV aclara en su fallo que no es posible acceder a las copias de los registros de llamadas del móvil del presidente de la Generalitat y de los consellers debido a . Respecto a las grabaciones de las cámaras de seguridad, el Tribunal llega a una conclusión similar, indicando que la petición es y puede interferir con .
Las cinco sentencias, que fueron notificadas este jueves por la corte regional, pueden ser objeto de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.