El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha ratificado la sentencia de 15 meses de cárcel impuesta a un hombre por agresión sexual. Esta decisión proviene de un fallo anterior de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial en febrero, donde se juzgó al acusado por aprovecharse de una excompañera de trabajo que estaba visiblemente afectada por haber bebido en exceso, para realizarle tocamientos sexuales no consentidos.
La sentencia, que aún puede ser objeto de apelación ante el Tribunal Supremo, incluye también una prohibición de comunicación o acercamiento a menos de 200 metros de la víctima por un periodo de dos años y medio. Además, el condenado deberá someterse a libertad vigilada durante dos años tras cumplir la pena de cárcel y pagar 3.000 euros por daños morales.
El incidente ocurrió el 24 de mayo de 2023, cuando ambos coincidieron en un bar en Barañáin. Tras consumir alcohol durante varias horas, y ya en la casa del acusado, el procesado realizó los tocamientos aprovechando el estado de embriaguez de la mujer. A pesar de que inicialmente también se le acusó de violación, finalmente fue absuelto de este cargo por falta de pruebas concluyentes.
Las pruebas de ADN desempeñaron un papel crucial en el juicio, evidenciando la presencia de saliva del acusado en la ropa interior de la víctima. A pesar de las lagunas en el testimonio de la víctima, debido a su estado de intoxicación, el tribunal confirmó la agresión sexual, destacando que la mujer no estaba en condiciones de consentir los actos debido a su vulnerabilidad en ese momento.
La acusación particular había solicitado la anulación de la sentencia inicial, mientras que la defensa del acusado pedía la absolución total. No obstante, el tribunal mantuvo la condena, subrayando la importancia del principio de in dubio pro reo en caso de dudas razonables.
