El Tribunal Supremo ha determinado cerrar la investigación contra la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, tras concluir que era su deber informar al fiscal general del Estado sobre las pesquisas de delitos fiscales que involucraban a Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid. Este caso investigaba la filtración de dicha información.
Los magistrados Andrés Palomo, Eduardo de Porres y Julián Sánchez Melgar, que conforman la Sala de Apelación en esta ocasión, han aceptado el recurso de la defensa de Rodríguez y han acordado el archivo del caso en lo que respecta a ella, quien había sido inicialmente procesada por el instructor del caso. Argumentaron que la ‘dación de cuentas’ efectuada a García Ortiz ‘estaba justificada porque el asunto del que se recabó información tenía un indudable interés informativo’.
‘El cumplimiento de los requerimientos del fiscal general del Estado constituye una actuación de dación de cuenta, es un acto reglado y es algo habitual en la actividad propia del cargo que ejercía la investigada en tanto forma parte de las obligaciones impuestas por el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a todos los fiscales’, recuerda el auto.
Además, los magistrados indicaron que esta dación de cuentas ‘es un acto neutral y no evidencia por sí mismo riesgo alguno para el bien jurídico protegido por el delito investigado, salvo cuando se acompañe de otros elementos que evidencien la voluntad de concierto con los autores de la revelación de secretos’ y que, añaden, ‘no es el caso’. ‘Nada de irregular advertimos en la petición de documentación del fiscal general del Estado y en su cumplimiento por la investigada’, concluyen.
Es importante recordar que el instructor concluyó ocho meses de investigación que comenzaron por una causa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) tras una nota de prensa emitida por la Fiscalía el 14 de marzo de 2024 para desmentir lo que consideraban un bulo, en referencia a la información publicada por ‘El Mundo’ la noche anterior. Esta información sugería que se había ofrecido un pacto a González Amador en el contexto del caso que también lo ha llevado a ser procesado por delitos fiscales.
Finalmente, Rodríguez ha sido exonerada, pero la Sala de Apelación ha avalado la decisión del magistrado Ángel Hurtado de procesar al fiscal general del Estado por un supuesto delito de revelación de secretos, solicitando hasta 6 años de cárcel por parte de las acusaciones.
La Sala confirma que Rodríguez ‘no intervino en la redacción de la nota informativa emitida por el fiscal general del Estado como así manifestó en su declaración’, detalle corroborado por la declaración del jefe de prensa de la Fiscalía Superior de Madrid y del fiscal general del Estado, así como de la directora de Comunicación de la Fiscalía General.
Además, se señala que Rodríguez ‘intervino en una simple verificación de los datos expresados no permite afirmar que interviniera de forma efectiva en la realización de la nota ni que ésta se debiera a su iniciativa’.
En un mensaje a García Ortiz, Rodríguez comentó que daban ‘ganas de incorporar un poquito de cianuro’ a la información, lo cual los magistrados consideran un ‘desahogo’ y no una intervención en la nota. Posteriormente, envió otro mensaje que podría interpretarse como una retractación de su comentario anterior.
La Sala también aclara que ‘el hecho de que en una conversación posterior con Lastra fuera reconvenida porque hubiera mandado los correos ante el temor de que los fueran a filtrar no es evidencia de que al mandarlos supiera la forma en que iba a redactarse la nota’, y concluye que ‘no tenía capacidad de supervisión ni de impedir la iniciativa del fiscal general del Estado’.