El Tribunal Supremo desestima el recurso de un padre condenado por abusos a su hija

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo (TS).EDUARDO PARRA - EUROPA PRESS

El Tribunal Supremo ha decidido no admitir el recurso de casación de un hombre sentenciado a once años y tres meses de cárcel por abusar reiteradamente de su hija menor en Almería durante casi diez años.

La Sala de lo Penal ha confirmado por completo la resolución de la Audiencia Provincial de Almería, ratificada a su vez por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que estableció que el acusado comenzó a abusar de su hija desde que la niña tenía ocho años hasta que alcanzó la mayoría de edad.

Los abusos se iniciaron en el año 2000, cuando el acusado se quedaba a solas con la menor en casa o en la furgoneta de trabajo, donde la besaba, le realizaba tocamientos indebidos y le pedía que lo masturbara. La situación empeoró cuando la niña tenía once años, en ese momento el acusado llegó a introducirle el pene en la boca con preservativos sabor fresa. Estos incidentes continuaron frecuentemente, ‘un día sí y otro no’, hasta que la víctima cumplió los 18 años y abandonó el hogar familiar.

La afectada, que denunció los hechos en 2021, relató que durante años no dijo nada por el miedo que le causaban las amenazas de su padre que le decía ‘esto es una cosa entre tú y yo’, y le advertía ‘si cuentas algo yo iré a la cárcel y os quedareis solas’. Los análisis forenses determinaron que la joven mostraba síntomas de ansiedad y depresión vinculados a los abusos sufridos en su infancia.

El condenado argumentaba en su recurso que la única prueba en su contra era el testimonio de su hija, al que calificaba de contradictorio y motivado por una ‘sed de vengaza’ o por intereses económicos.

El alto tribunal desestimó el recurso, argumentando que no tenía relevancia casacional y que solo reiteraba alegatos previamente rechazados en apelación. Subrayaron que tanto la Audiencia como el TSJA habían evaluado las pruebas de manera ‘razonable y razonada’, destacando la credibilidad y consistencia del testimonio de la víctima, así como los informes periciales que descartaban motivaciones falsas o resentimiento en la denuncia.

Finalmente, se le impuso al condenado la prohibición de acercarse a su hija por 16 años y el pago de una indemnización de 30.000 euros, más intereses.

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