El Tribunal Supremo ha modificado su jurisprudencia en una decisión reciente, dictaminando que la administración tributaria debe agotar primero las acciones contra los responsables solidarios antes de dirigirse hacia los subsidiarios. Este cambio se detalla en una sentencia emitida el 5 de noviembre, cuya magistrada ponente fue María Dolores Rivera Frade, y que la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) considera de gran importancia para la salvaguarda de los derechos de los contribuyentes.
Según la Aedaf, el Tribunal Supremo revierte su postura anterior, que no exigía a la Administración agotar todas las vías de responsabilidad solidaria antes de declarar la responsabilidad subsidiaria. La sentencia subraya que solo se recurra a la responsabilidad subsidiaria ante la insolvencia de los deudores principales y solidarios. Este ajuste doctrinal, aclara la Aedaf, impone una nueva carga probatoria en la administración tributaria para investigar posibles responsables solidarios antes de establecer la subsidiariedad.
Además, la sentencia recalca la obligación de la administración de «exteriorizar el fundamento de su decisión» ante la ausencia de indicios razonables de responsabilidad solidaria, reforzando así la transparencia y la protección de los derechos del contribuyente.











