El Tribunal Supremo ha ratificado que Novo Banco no tiene obligación de responder por las cláusulas abusivas aplicadas indebidamente por el Banco Espirito Santo (BES) previo a su resolución por el gobierno portugués en 2014, según indica la resolución proporcionada por el bufete Navas & Cusí.
Después de la respuesta del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en septiembre de 2024 a cuestiones prejudiciales relacionadas, el Alto Tribunal español ha apoyado la postura de Novo Banco frente a los reclamos de una cliente de la sucursal española del BES.
El conflicto comenzó en 2006, cuando una consumidora española formalizó una hipoteca con BES, incluyendo una cláusula de gastos por notaría, registro y gestoría, posteriormente declarada abusiva por el Supremo.
En respuesta, la clienta presentó una demanda en 2017 contra Novo Banco, como entidad sucesora de BES, después de la intervención de 2014. Aunque los tribunales de primera y segunda instancia dieron la razón parcialmente a la consumidora, Novo Banco elevó un recurso de casación al Supremo.
El tribunal español, tras admitir el recurso, consultó al TJUE sobre si era compatible con el derecho de la UE que un Estado miembro transfiera a un banco puente como Novo Banco los derechos de un préstamo hipotecario, pero deje en la entidad original, BES en este caso, la responsabilidad de devolver los montos cobrados por la cláusula suelo.
El 3 de agosto de 2014, Portugal asignó a Novo Banco los activos y pasivos del BES, pero esta decisión se modificó en diciembre de 2015, especificando que no se habían transferido «los créditos e indemnizaciones relacionados con la anulación de determinadas cláusulas de contratos de préstamos en los que el BES era el prestamista».
El TJUE confirmó en 2024 que los acuerdos de la autoridad portuguesa, que dejaron al BES la carga de las obligaciones derivadas de la nulidad de las cláusulas abusivas, eran conformes al derecho comunitario. Por tanto, el Supremo ha confirmado la nulidad de la cláusula por ser abusiva, pero ha eximido a Novo Banco de pagar las cantidades indebidamente cobradas a la consumidora antes del 3 de agosto de 2014.