El Tribunal Supremo mantiene condena de un hombre por asesinato y robo pero reduce su pena

Archivo - Fachada del Tribunal Supremo, a 27 de febrero de 2025, en Madrid (España). El instructor del 'caso Koldo' interroga esta semana como testigo a la que fuera pareja de José Luis Ábalos durante dos años, que ha aflorado en la causa porque se habríaCarlos Luján - Europa Press - Archivo

El Tribunal Supremo ha ratificado la sentencia de cárcel para un individuo acusado de estrangular, asesinar, maltratar y robar a su pareja, pero ha disminuido la condena de 29 años y nueve meses en un año, argumentando que en lo concerniente al robo no correspondía aplicar la modalidad agravada de ‘casa habitada’ ya que también era su residencia.

Los jueces aceptaron en parte el recurso de casación presentado por el acusado, reduciendo de cuatro a tres años la pena por el delito de robo con fuerza en casa habitada. Señalaron que la mujer le ‘permitió el acceso a la vivienda con un proyecto de futuro que nada tiene que ver’ con los planes del acusado y subrayaron que consideraron el ‘especial desvalimiento’ de la víctima para aplicar la agravante de alevosía en el asesinato.

De acuerdo con la sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, el Supremo ha desestimado las demás reclamaciones de la defensa, por lo que la pena final del hombre se establece en 28 años y nueve meses de prisión.

La resolución detalla que los eventos ocurrieron una tarde de enero de 2020 cuando el acusado, utilizando una cuerda que llevaba consigo y una bolsa plástica, estranguló a su pareja, a quien además golpeó ‘repetidamente en la cara y en la cabeza’. La mujer, sin posibilidad de defenderse ‘por cuanto no esperaba el ataque repentino’, falleció. Su cuerpo fue encontrado dentro del canapé de la cama y en la bolsa plástica se hallaron hasta siete huellas del acusado. ‘No había otras huellas’, indica la sentencia.

Después del asesinato, el hombre robó el teléfono móvil de la mujer, documentos, tarjetas bancarias, joyas valuadas en 1.300 euros y las llaves de su automóvil, que luego condujo fuera del lugar. Intentó, sin éxito, retirar hasta 15.000 euros de la cuenta bancaria de la fallecida y comprar un billete de avión a Punta Cana por 457 euros. Sin embargo, logró extraer 3.000 euros de una cuenta empresarial de la víctima y gastó 35,50 euros en un hostal.

En el juicio, el acusado negó haber cometido el asesinato, aunque admitió haber discutido con la víctima esa noche. Aseguró que no había testigos directos del crimen y que solo estuvo un rato en el lugar antes de irse. También afirmó ser el titular de la cuenta empresarial de la cual sustrajo 3.000 euros.

El Supremo ha rechazado estos argumentos, manteniendo la agravante de alevosía, ya que el acusado atacó a una mujer en condiciones de indefensión, y confirmó que actuó con ensañamiento, provocándole una ‘muerte lenta y angustiosa’. A pesar de ello, se ha ajustado la pena por el robo al considerar que la residencia también pertenecía al acusado y que la víctima le había permitido el acceso.

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