El Tribunal Supremo mantiene a Santos Cerdán en prisión por su papel en la trama de corrupción

El exsecretario de Organización del PSOE Santos Cerdán a su llegada a declarar en el Tribunal Supremo.Jesús Hellín - Europa Press

El Tribunal Supremo ha ratificado la permanencia en prisión de Santos Cerdán, exsecretario de Organización del PSOE, debido al peligro de manipulación de pruebas y testigos, así como la posible movilización de fondos ocultos, dada la fuerza de los ‘indicios poderosos’ sobre su ‘papel directivo’ en la presunta red de comisiones ilícitas a cambio de asignaciones de obra pública, según el ‘caso Koldo’.

En una resolución, la Sala de Apelación desestimó el recurso interpuesto por Cerdán contra la decisión del magistrado Leopoldo Puente, que el 30 de junio dictó su encarcelamiento preventivo, incondicional y sin fianza, por presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho y tráfico de influencias.

Este martes, la defensa de Cerdán argumentó que la medida era producto de una ‘presunción de indecencia’, negando riesgos que el juez no hubiera ya mitigado en la audiencia de apelación que buscaba revertir su ingreso en la prisión de Soto del Real.

Sin embargo, la Sala coincidió con el juez instructor en la ‘racional, objetiva y detalladamente fundada’ valoración del peligro que Cerdán representa para el caso, dado su ‘papel directivo y de control en la actividad criminal’ de los implicados, incluyendo al exministro de Transportes José Luis Ábalos y a su exasesor ministerial Koldo García, además de varios empresarios.

Las grabaciones realizadas por Koldo a los otros dos acusados muestran que Cerdán ‘impulsaba y hacía un seguimiento de la empresa a la que debían adjudicarse determinadas obras’ y ‘que era él quien pagaba a Ábalos y a Koldo el dinero que les correspondía por las comisiones ilícitamente obtenidas’: ‘Se repartían, de manera furtiva, unas cantidades portentosas e injustificadas’.

Los jueces también observaron ‘una significada intervención’ de Cerdán en que ‘se inmiscuía en los aspectos del mandato ministerial de Ábalos, únicamente en aquello que resultaba de interés para su ilegítima captación de fondos’.

Para los magistrados, ‘la posibilidad del recurrente de concertarse con otros investigados para construir descargos, así como su capacidad de destruir documentos, crear otros que puedan ahora justificar movimientos pasados, concertarse con testigos o, incluso, modificar el actual emplazamiento de sumas de dinero defraudadas que pudieran estar bajo su control u de ocultarlas bajo sociedades u hombres de paja, justifican sobradamente la precaución del instructor’.

Los magistrados concluyen que el riesgo asociado a Cerdán ‘no es en modo alguno apreciable con la misma intensidad respecto del resto de investigados’, como Ábalos y Koldo, quienes están libres bajo otras medidas cautelares, rechazando así ‘el trato discriminatorio’ que alegaba la defensa.

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