El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por un hombre condenado en Sevilla a prisión permanente revisable por agredir sexualmente, matar y descuartizar a Rocío Cáiz, una joven de 17 años de Martín de la Jara, con quien el acusado había tenido una relación amorosa y un hijo. Esta decisión sigue a la del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que también había desestimado tanto su apelación inicial como la de la Fiscalía, manteniendo así la condena.
Según una reciente decisión del Supremo, publicada el 3 de julio y reportada por ABC y Europa Press, el recurso de casación del condenado se centraba exclusivamente en la condena por el delito de agresión sexual; a pesar de las diferencias señaladas en el veredicto y la sentencia sobre el testimonio de los médicos forenses acerca de si las lesiones en los muslos y antebrazos de la víctima indicaban agresión sexual.
El Supremo concluyó que, aunque no se observaron lesiones vulvares en el cuerpo, otras lesiones (en la parte interna del muslo y antebrazo) eran claramente compatibles con un uso de fuerza para sujetar a la víctima y acceder a su zona genital, lo que es un hecho incuestionable. La Corte invocó al TSJA, destacando que las pruebas y la lógica del argumento refutan cualquier vulneración del derecho a la presunción de inocencia.
DESCUARTIZAMIENTO DEL CUERPO
Después del asesinato, el condenado desmembró el cuerpo de la joven con dos cuchillos, colocando partes del mismo en bolsas de basura que dispersó por Estepa, incluyendo contenedores cerca de un supermercado y la nave donde trabajaba, así como en un arroyo seco. Según su declaración, buscaba ganar tiempo.
El día siguiente al crimen, el acusado manipuló el teléfono de la víctima para enviar mensajes a su familia, haciéndoles creer que ella había abandonado su hogar voluntariamente. En el juicio, el jurado encontró que el móvil del crimen fue la incapacidad del acusado de aceptar la ruptura y su deseo de control sobre la joven. Finalmente, el tribunal lo condenó a prisión permanente revisable, destacando la gravedad y peligrosidad de los actos cometidos.
Además, fue sentenciado a once años por agresión sexual; a cuatro meses por un delito contra la memoria de los difuntos y a seis meses por suplantación de identidad. También fue absuelto de otros cargos no probados. Deberá compensar con 390.274 euros a la familia de Rocío Cáiz.