El TSJA ratifica la condena de ocho años de prisión para un hombre por abusar sexualmente de su hijastra

El TSJA confirma la sentencia contra un hombre por abuso sexual a su hijastra, desestimando la apelación de la defensa.

Archivo - Fachada del TSJA, en Granada.EUROPA PRESS - Archivo

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la sentencia que impone una pena de ocho años de cárcel a un individuo por abusar sexualmente de su hijastra de 14 años. La decisión llega tras rechazar la apelación presentada contra el fallo de la Audiencia Provincial de Sevilla, que consideró fiable el testimonio de la menor y adecuada la evaluación hecha por el tribunal de primera instancia.

La defensa del acusado había solicitado su absolución, argumentando insuficiencia de pruebas y una violación al derecho de presunción de inocencia, además de pedir que se considerara la atenuante de dilaciones indebidas debido a la duración del proceso. Sin embargo, el TSJA ha desestimado estos argumentos, validando la apreciación de las pruebas y la credibilidad del relato de la víctima por parte de la Audiencia Provincial.

El tribunal ha señalado que las demoras procesales se deben a la complejidad del caso y no constituyen un retraso indebido. Los eventos, que datan de los años 2019 y 2020, ocurrieron cuando el condenado y la madre de la menor convivían en el mismo hogar, oportunidad que el agresor aprovechó para cometer los abusos de manera reiterada.

El acusado, aprovechando su posición de autoridad y convivencia, realizó actos de índole sexual sin el consentimiento de la menor, causando un notable daño psicológico y emocional en la víctima, conforme a los informes periciales. Estos reportes, junto con la coherencia y persistencia del testimonio de la menor, han sido fundamentales para confirmar la condena.

Adicionalmente, el tribunal ha recordado que el acusado ya efectuó el pago de una indemnización de 8.000 euros a la víctima antes del juicio, razón por la cual se aplicó una atenuante muy cualificada de reparación del daño y se declaró extinguida la responsabilidad civil.

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