El TSJA reduce la pena de prisión a un hombre por el homicidio de su tío en Sevilla

El TSJA ha rebajado la condena de un hombre por el homicidio de su tío, descartando la alevosía y manteniendo la pena por tenencia ilícita de armas.

Vista exterior de la Audiencia de Sevilla.MARÍA JOSÉ LÓPEZ-EUROPA PRESS

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha disminuido la condena de 15 años y seis meses a 14 años y tres meses de cárcel al individuo acusado de matar a su tío en Sevilla en octubre de 2022, tras dispararle con una carabina. El TSJA ha recalificado los hechos de asesinato a homicidio, argumentando la ausencia de alevosía en el caso.

Según la sentencia emitida el 10 de noviembre y comunicada por la Oficina de Comunicación del TSJA, los jueces acogieron parcialmente el recurso de apelación de la defensa, que impugnaba la resolución inicial de la Audiencia Provincial de Sevilla. Esta última había condenado al acusado por asesinato, estableciendo una pena de 15 años de prisión y adicionando una prohibición de 25 años para comunicarse o acercarse a menos de 300 metros de los familiares del difunto.

Además, el tribunal ha mantenido la condena de seis meses por tenencia ilícita de armas, reconociendo una atenuante de reparación parcial del daño ya que el acusado depositó 3.000 euros para los parientes del fallecido al inicio del juicio. El acusado deberá también indemnizar con 300.000 euros a la familia del occiso.

El jurado popular, tras valorar las pruebas, determinó que el acusado disparó intencionadamente a su tío «a la altura de la cara a corta distancia y sin darle opciones a defenderse», aunque esta última expresión fue eliminada del veredicto por el TSJA, que argumentó falta de pruebas sólidas al respecto. El tribunal también consideró probado que el acusado no contaba con los permisos necesarios para la carabina utilizada en el crimen.

AGRAVANTE DE ABUSO DE SUPERIORIDAD

El TSJA ha reconocido la agravante de abuso de superioridad pero descartó la alevosía, indicando que no había pruebas de un ataque sorpresivo. Además, se observaron lesiones en la víctima que podrían indicar un intento de defensa, contradiciendo la teoría de indefensión absoluta. La defensa del acusado también argumentó que la muerte pudo ser un accidente durante un forcejeo, aunque esta teoría fue desestimada por falta de evidencia.

Contra esta decisión del TSJA, se puede presentar un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.

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