El TSJC desestima la solicitud de WWF-ADENA para detener la caza de 41 lobos en Cantabria

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El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha rechazado la medida cautelar propuesta por WWF-ADENA para paralizar la caza de lobos en la región, la cual había establecido un límite de 41 lobos para el período 2025-2026, tras reactivar el plan de manejo de la especie luego de ser excluida del LESPRE.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha emitido un auto, redactado ayer y comunicado hoy a los involucrados, y que ha sido revisado por Europa Press, en el que se asignan las costas -con un tope de 300 euros- a la organización ambientalista WWF.

Dicha decisión se une a otra «idéntica» tomada por el mismo tribunal, aunque en este caso no tiene «vinculante», según el documento, que aún no es definitivo ya que se puede presentar un recurso de reposición ante la misma entidad en un plazo de cinco días.

Previamente, el mismo tribunal ya se había pronunciado sobre la suspensión temporal de la caza de este cánido en la zona -que en abril fue retirado de la lista de especies de caza al salir del Listado de Silvestres en Régimen de Protección Especial-.

La solicitud también fue presentada por Ascel, Ecologistas en Acción y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cántabra, pero la Sala rechazó sus demandas al considerar que la situación de la especie «no es desfavorable» y luego negó también los recursos de reposición de estas organizaciones.

El tribunal ha mantenido su postura al indicar que no pueden «cambiar de criterio», aprobar la medida y alterar la situación sin una justificación «específica y razonada». Esto significa que aceptar la solicitud de WWF-ADENA requeriría pruebas de que las condiciones en torno al lobo «han cambiado sustancialmente», tanto en términos fácticos como legales.

Considerando que es un nuevo proceso con un demandante diferente y que se han presentado nuevas evidencias, el tribunal ha revisado las demandas de la ONG pero sigue sin encontrar, como en casos anteriores y ante la «ausencia de prueba de hechos que justifiquen un cambio de criterio» en relación al lobo, que la caza de 41 lobos «es una medida razonable», dada la evidencia de daños al ganado que la administración ha demostrado son causados por el cánido.

El tribunal también ha concluido que la conservación de la especie no debe verse solo como un aumento libre de su número, sino como el mantenimiento de una cantidad de ejemplares y un hábitat que asegure la supervivencia a largo plazo de la especie.

Finalmente, el fallo judicial subraya que WWF-ADENA no ha logrado refutar con pruebas suficientes los datos presentados por la administración ni ha demostrado que la caza de 41 lobos autorizada por la resolución impugnada vaya a causar una disminución de la especie tan significativa como para comprometer sus posibilidades de sobrevivir a largo plazo, de manera que sea reconocida como un componente esencial del medio natural.

Además, los magistrados añaden que suspender la ejecución de la resolución que permite la extracción de 41 lobos durante la temporada actual y la próxima «aumentaría significativamente el riesgo de ataques al ganado».

Asimismo, se rechaza la medida cautelar subsidiaria solicitada por la ONG para que se obligue al Gobierno de Cantabria a notificar cualquier autorización de control del lobo que se conceda, para evitar su ejecución hasta que se decida sobre la suspensión de las mismas.

Desde la Consejería de Desarrollo Rural han expresado su «satisfacción y absoluta tranquilidad» ante este auto del TSJC, que, según afirman, «pone al mismo nivel la conservación del lobo y la importancia de la ganadería» y que «de manera reiterada está avalando las extracciones que estamos realizando, nuestro trabajo e informes».

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