TSJMU ratifica condena de 11 años y medio por delitos contra una mujer en Cartagena

El Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJMU), a través de su Sala de lo Civil y Penal, ha ratificado completamente la sentencia emitida por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Cartagena, que condena a un individuo por varios delitos, incluyendo agresión sexual con acceso carnal mediante violencia e intimidación, amenazas no condicionales y lesiones leves.

Según los hechos comprobados, el 25 de diciembre de 2023, el acusado llevó a la víctima a una zona deshabitada cerca de El Algar, donde la amenazó con frases como ‘primero te mato a ti y luego me mato yo’, la estranguló hasta dejarla inconsciente y, después de golpearla en diversas partes del cuerpo, la trasladó a su vivienda.

En su domicilio, bajo la amenaza de un cuchillo, cometió la agresión sexual, manteniendo presión sobre su cuello e impidiendo una respiración normal. La mujer pudo solicitar ayuda cuando el agresor se quedó dormido, siendo posteriormente rescatada por la Policía Local, como reportaron desde el TSJMU.

El fallo judicial menciona que aunque agresor y víctima habían mantenido encuentros sexuales esporádicos consentidos, nunca fueron una pareja estable. La agresión resultó en lesiones físicas para la víctima y un trastorno de estrés postraumático.

El tribunal desestimó los motivos de apelación del condenado, incluyendo la vulneración del derecho de defensa y la supuesta falta de credibilidad de la víctima. La sentencia se fundamentó en un testimonio de la víctima persistente y corroborado por mensajes de WhatsApp, testimonios de testigos y pruebas periciales, destacando que ‘no existe nada que pueda indicar que la denunciante se moviera por motivos de odio, resentimiento, venganza o razones de enemistad’.

La sentencia también justifica adecuadamente las razones para la cuantificación del daño moral, destacando que, según peritajes, la víctima presenta ‘miedo, ansiedad, alteraciones en la alimentación, disminución de la actividad social y ausencia de actividad sexual hasta pasado un tiempo desde que ocurrieron los hechos’.

Finalmente, el TSJMU confirma las penas impuestas de 10 años por agresión sexual, un año y seis meses por amenazas y tres meses de multa por lesiones. Además, se mantiene la orden de no acercarse ni comunicarse con la víctima, la supervisión de libertad por diez años y la inhabilitación especial para trabajos que conlleven contacto con menores, junto con una indemnización de 40.360 euros para la víctima.

La decisión no es definitiva, ya que se puede apelar mediante un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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