La Xunta de Galicia ha sido obligada por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a reconocer como de utilidad pública a la Asociación pola Liberdade Afectiva e Sexual da Coruña (ALAS), tras revocar la decisión inicial que negaba dicho estatus a la entidad.
Según el veredicto de los jueces, el recurso presentado por ALAS ha sido aceptado, destacando que la asociación cumple con los criterios necesarios como el interés general y la entrega de beneficios a terceras personas. Aunque es posible apelar esta decisión, el fallo reconoce expresamente el «derecho» de ALAS a esta declaración, que trae consigo ventajas fiscales.
ALAS promueve los derechos del colectivo LGTBI+ localmente, mediante la organización de actividades y proyectos como el Observatorio Coruñés contra la LGTBIfobia, que busca documentar actos de violencia en su área. Recordemos que ALAS participó como acusación popular en el proceso judicial por el homicidio de Samuel Luiz.
La Xunta inicialmente rechazó la solicitud basándose en un informe negativo de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT), argumentando que su opinión era «vinculante». Este informe argumentaba que la asociación no demostraba beneficio social ni un «impacto real» en la comunidad.
Los magistrados, sin embargo, han calificado de «insuficiente» la motivación del informe de la AEAT para fundamentar la resolución final, tachándolo de «incongruente». El fallo subraya que la entidad sí proporciona un punto de encuentro entre activistas y la sociedad, además de ofrecer formación y crear espacios de ocio seguros, lo que demuestra un claro interés general y accesibilidad para el público.
