Una jueza archiva la causa por la lona de Hazte Oír contra Sánchez al considerarla crítica política y no delito de odio

La jueza archiva la causa por la lona de Hazte Oír contra Sánchez al considerarla crítica política amparada por la libertad de expresión.

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Hazte Oír despliega una lona frente al Congreso de los Diputados con una imagen del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. acompañado del lema "corrupto". EUROPA PRESS

Hazte Oír despliega una lona frente al Congreso de los Diputados con una imagen del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. acompañado del lema "corrupto". EUROPA PRESS

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La magistrada ha decidido cerrar la investigación abierta por la instalación de una lona de la asociación Hazte Oír frente al Congreso de los Diputados en la que se calificaba de "corrupto" al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el pasado 19 de mayo, al concluir que el mensaje se encuadra en la "crítica política" y no constituye una incitación al odio.

En un auto al que ha tenido acceso Europa Press, la responsable del Juzgado de Instrucción Número 12 de Madrid acuerda el archivo provisional del procedimiento ante "la falta de relevancia penal de los hechos investigados", después de examinar si el contenido de la lona y de acciones posteriores —como otras pancartas o un camión— podían integrar un delito de injurias o calumnias contra el jefe del Ejecutivo.

La jueza entiende que la lona "no supera los límites fijados por la jurisprudencia, al constituir las imágenes y expresiones descritas una manifestación de crítica de contenido político, enmarcada dentro del derecho a la crítica de la actuación de los poderes políticos que no promueve la violencia ni incita un discurso de odio".

Así, la instructora subraya que lo instalado "no fue una lona con contenido publicitario, sino con un contenido de alcance político, mediante el cual se pretendida exponer de forma pública una crítica hacia el presidente del Gobierno, utilizando la palabra corrupto, unido a distintos archivos referentes a causas judiciales actualmente en trámite".

"Siendo la lona de grandes dimensiones, y colocada enfrente del Congreso de los Diputados con un propósito de crítica claramente política", añade la resolución.

La magistrada recuerda que la libertad de expresión "no tiene un carácter absoluto, pero en la valoración de derechos en conflicto, el derecho al honor y el derecho a la libertad de expresión, y en especial en el supuesto de crítica política, debe procederse a la ponderación de los mismos, entendiendo desproporcionado acudir a la vía penal salvo en el caso de incitación a la violencia o cuando se trata de discursos de odio".

Los hechos analizados se centraban en la colocación, por parte de Hazte Oír, de una lona en la fachada de un edificio frente al Congreso con una fotografía del presidente del Gobierno acompañada del término "corrupto" en letras de gran tamaño, junto a imágenes de carpetas con rótulos como 'caso Begoña', 'caso Ábalos/Koldo' o 'caso fiscal general de Pedro Sánchez', entre otros.

La lona, de más de 253 metros cuadrados, fue desplegada en torno a las 11.00 horas y terminó siendo retirada de madrugada, el 20 de mayo, por los Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento de la orden del Juzgado de Instrucción Número 9, que había acordado la medida cautelar solicitada por el PSOE.