El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Bergara ha resuelto a favor de una mujer de Guipúzcoa, que padece esclerosis múltiple, y su esposo en su demanda contra Vueling Airlines, obligando a la aerolínea a pagar 1.500 euros más intereses por no permitirle embarcar con el scooter que utiliza debido a su condición.
La demanda se originó por un incidente en diciembre de 2021, durante el vuelo Sevilla-Bilbao operado por Vueling, donde la mujer viajaba con su marido. A pesar de haber confirmado previamente con la aerolínea, a través de una agente de Viajes Eroski, la posibilidad de llevar su scooter en el vuelo, el comandante del avión les negó el acceso, siendo incluso desalojados por la Guardia Civil, lo que les obligó a alquilar un coche para completar su viaje.
La aerolínea se defendió argumentando que la denegación se debió a la batería de litio del scooter, cuyo transporte en cabina está prohibido. Sin embargo, el tribunal ha dado la razón a la demandante, destacando que se habían tomado todas las medidas necesarias para garantizar que el scooter podía ser transportado sin problemas, como se había hecho en el vuelo de ida.
El juzgado ha enfatizado que la negativa de embarque violó los derechos de la pasajera, tal como lo establece el reglamento aplicable, y ha recordado que la aerolínea no proporcionó asistencia alternativa ni atendió adecuadamente a los pasajeros según lo requerido por la normativa.