El Supremo avala el IRPH y ordena analizar la transparencia de cada hipoteca caso por caso

El fallo cierra la puerta a anulaciones masivas del IRPH

Archivo - Recurso de llaves, firma de hipotecas sobre viviendas.EUROPA PRESS - Archivo

El Tribunal Supremo ha dictaminado que las cláusulas hipotecarias referenciadas al Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) no pueden anularse de forma general. En dos sentencias fechadas el 11 de noviembre, el Alto Tribunal determina que la transparencia y posible abusividad deben evaluarse “caso por caso”, según las condiciones de cada contrato.

El fallo, que resuelve litigios contra Kutxabank y Unión de Créditos Inmobiliarios (UCI), respalda la postura de las entidades financieras y refuerza la seguridad jurídica del sector, aunque complica las reclamaciones de los consumidores.

La decisión sigue la línea del TJUE pero limita su alcance

El Supremo adapta su doctrina al dictamen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en diciembre pasado instó a los tribunales nacionales a valorar la transparencia individual de cada hipoteca. Sin embargo, el Alto Tribunal español matiza que el hecho de que el IRPH sea un índice oficial no implica automáticamente abuso, y rechaza comparaciones con el euríbor a posteriori.

Según la sentencia, las hipotecas que mencionaban la Circular 5/1994 del Banco de España y su publicación en el BOE podrán considerarse transparentes. En cambio, si el contrato omitió esa información, el cliente deberá demostrar que la cláusula fue abusiva.

Más de un millón de hipotecas afectadas

En España existen más de un millón de préstamos vinculados al IRPH, con un valor estimado superior a los 40.000 millones de euros. Las entidades más expuestas son CaixaBank, Santander, BBVA y Kutxabank, que concentran la mayoría de reclamaciones.

Reacciones del sector y asociaciones de consumidores

Desde Asufin han criticado que el Supremo “retuerce la doctrina europea” y ofrece una interpretación “probanca”, mientras que el abogado Mario Rodríguez López, de Legalion, considera que la sentencia “dificulta las devoluciones masivas” y “refuerza la estabilidad jurídica de las entidades”.

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