Viviendas en alquiler asequible: requisitos y cómo solicitar un piso en Casa 47

Todas las claves de las convocatorias de viviendas en alquiler asequible que lanzará Casa 47: límites de ingresos, requisitos de solicitud y cómo se elegirá a los inquilinos

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 La ministra de Vivienda en un edificio de Casa 47 en Vigo, con pisos en alquiler asequible. Adrián Irago/Europa Press.

La ministra de Vivienda en un edificio de Casa 47 en Vigo, con pisos en alquiler asequible. Adrián Irago/Europa Press.

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La empresa pública Casa 47, entidad estatal de vivienda adscrita al Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, será la encargada de gestionar el parque de vivienda pública de titularidad estatal, en el marco de la política de vivienda impulsada por el Gobierno de España.

A través de esta entidad, el Ejecutivo ofrecerá viviendas en régimen de alquiler con contratos de larga duración que podrán alcanzar hasta los 75 años, estructurados en un primer contrato de 14 años y prórrogas automáticas de siete años, siempre que se mantengan las condiciones de acceso establecidas en la normativa aplicable.

Según lo previsto por el Gobierno, Casa 47 lanzará convocatorias trimestrales de carácter "masivo", distribuidas por todo el territorio nacional, para facilitar el acceso a estas viviendas públicas mediante un portal web habilitado al efecto. Hasta el momento, la entidad ha puesto en marcha dos convocatorias piloto con un número limitado de viviendas, como paso previo a la generalización del sistema.

Convocatoria piloto: localización y precios

La Entidad Estatal de Vivienda ha abierto una convocatoria piloto para el acceso a 171 viviendas en régimen de alquiler asequible. Éstas se encuentran ubicadas en la ciudad de Vigo (67 viviendas), en municipios de la provincia de Valencia afectados por la Dana (67 viviendas) y en la localidad asturiana de Mieres (37 viviendas).

En cuanto a los precios, la renta media mensual se sitúa en 485,42 euros en Valencia, 662,84 euros en Vigo y 412,89 euros en Asturias. La información detallada sobre el importe y las características específicas de cada vivienda puede consultarse en el portal oficial de Casa 47.

Requisitos y procedimiento de acceso

Las solicitudes deben tramitarse a través del portal web de Casa 47, disponible en la Sede Electrónica del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, conforme a lo establecido en las bases reguladoras de la convocatoria.

Podrán participar personas solas o unidades de convivencia que vayan a destinar la vivienda a residencia habitual y permanente, compartiendo gastos o sujetas a una economía conjunta. A estos efectos, una persona que vive sola también se considera unidad de convivencia. En el caso de Mieres (Asturias), se otorgará prioridad a núcleos familiares formados por cónyuges o parejas, hijos y parientes cercanos, si bien también se contemplan solicitudes de personas solas.

En ningún caso, las personas integrantes de la unidad de convivencia podrán ser propietarias de otra vivienda, salvo en supuestos excepcionales previstos en la normativa, como que el inmueble no reúna condiciones mínimas de habitabilidad o se trate de una vivienda heredada en una provincia distinta a la de residencia, siempre que así lo permita la normativa autonómica correspondiente.

Asimismo, todos los miembros de la unidad de convivencia deberán encontrarse al corriente de pago con la Seguridad Social y cumplir con sus obligaciones tributarias.

Límites de ingresos netos anuales

Para las convocatorias correspondientes a las provincias de Valencia y Pontevedra, la suma de los ingresos anuales netos de la unidad de convivencia deberá situarse entre 2 y 7,5 veces el Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples), lo que equivale a un rango de entre 16.800 y 63.000 euros anuales.

En el caso de Mieres (Asturias), el límite de ingresos se establece entre 2 y 4,5 veces el Iprem, es decir, entre 16.800 y 37.800 euros anuales.

De cara a futuras convocatorias, y a la espera de que se concreten los requisitos definitivos, el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana prevé que los ingresos de los inquilinos se sitúen entre 2 y 7,5 veces el Iprem, lo que supone rentas mensuales aproximadas de entre 1.200 y 4.500 euros.

Según los cálculos del Ministerio, este umbral permitiría el acceso a estas viviendas al 60% de la clase media y trabajadora.

Cómputo de ingresos y selección de inquilinos

Los límites de ingresos no se aplican de forma individual, sino que tienen en cuenta la suma de los ingresos netos de todas las personas que integran la unidad de convivencia.

Para el cálculo de los ingresos anuales netos, se tendrán en cuenta los ingresos percibidos durante el año anterior por cada uno de los miembros. Estos deberán declararse de forma individual en el formulario de solicitud.

Las personas que no hayan presentado declaración de la renta podrán acreditar sus ingresos mediante un 'Certificado Negativo de IRPF' expedido por la Agencia Tributaria o por las haciendas forales correspondientes en el caso de residentes en Euskadi o Navarra.

Alternativamente, podrán sumar sus ingresos anuales y deducir las cotizaciones a la Seguridad Social y las retenciones del IRPF aplicadas.

La adjudicación de las viviendas se realizará mediante sorteo, sin baremación ni puntuación de criterios adicionales. Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases, se sorteará el orden de elección de vivienda entre todas las solicitudes admitidas.

El plazo para la presentación de solicitudes de esta convocatoria piloto permanecerá abierto hasta el 20 de febrero de 2026. El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana recomienda consultar periódicamente el portal oficial de Casa 47 para conocer las futuras convocatorias y los requisitos que se establezcan en cada caso.