La decisión está tomada y el efecto dominó, en marcha. El juez del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, ha asumido la petición de Anticorrupción y ha ordenado el ingreso en prisión provisional del exministro de Transportes José Luis Ábalos. La Presidencia del Congreso de los Diputados ya ha activado el protocolo para suspenderle como diputado.
Según han confirmado fuentes parlamentarias, la presidenta del Congreso, Francina Armengol, ha remitido un oficio al Tribunal Supremo con el propósito de que certifique la decisión de ingreso en prisión provisional de Ábalos y el auto de procesamiento o equivalente para, así, poder iniciar el trámite.
La Mesa de la Cámara Baja se reunirá en cuanto el Supremo conteste al oficio para suspenderle en virtud del artículo 21.2 del Reglamento del Congreso.
Con este nuevo escenario, muchas son las preguntas. ¿Cómo afecta al acta de Ábalos su entrada en prisión? ¿Qué puede -y qué no- hacer? ¿Cuáles son sus derechos? ¿Y obligaciones? Y la cuestión más relevante a nivel legislativo: ¿Qué impacto tiene en la aritmética parlamentaria?
Nuevo estatus: suspendido
Decretado su ingreso en prisión, el Reglamento del Congreso no deja lugar a dudas. En virtud del artículo 21, quedará suspendido por hallarse en “situación de prisión preventiva”. ¿Hasta cuándo?, “mientras dure esta”. De hecho, la suspensión no implica la pérdida de la condición de parlamentario.
Sus derechos
La suspensión implica que pierde el derecho a participar en las sesiones de la Cámara y, en consecuencia, el derecho a voto. El Reglamento del Congreso no contempla la emisión del voto telemático para quienes se encuentren en prisión.
Tampoco podrá ejercer las labores de control a través de preguntas para respuesta escrita, solicitud de informes y documentos.
Sin ingresos del Congreso
Ábalos pierde también el derecho a la asignación económica y a toda ayuda o indemnización por gastos derivados de la función de diputado, lo que dejaría a Ábalos sin los ingresos procedentes del Congreso. La Cámara también dejaría de abonar las cotizaciones a la Seguridad Social y Mutualidades que pudieran corresponderle “como consecuencia de su dedicación parlamentaria”.
También queda afectado el derecho a incorporarse a un grupo parlamentario distinto del Mixto (lo cual no tendría efectos en el caso de Ábalos por ya encontrarse en esa bancada). No obstante, su pertenencia al Mixto repercute a efectos, por ejemplo, de ponderación de voto, de forma que el diputado suspendido no se computa a efectos de resolver desempates en órganos del Congreso como la Junta de Portavoces, las comisiones o las ponencias.
Tampoco corresponde abonar la parte proporcional al Mixto correspondiente a la pertenencia de un diputado suspendido.
Una nueva aritmética
Sin Ábalos, el número de diputados del Congreso será de 349 en lugar de 350. El número de miembros a considerar a la hora de votar es clave por impactar en las mayorías actuales, máxime tras descolgarse Junts del bloque de investidura con la reciente ruptura de relaciones con el PSOE.
El Gobierno, sin los de Carles Puigdemont, ya perdió entonces la posibilidad de aprobar leyes orgánicas (podría incluso perder votaciones de enmiendas de totalidad), porque se requiere mayoría absoluta, es decir, la mitad más uno (176). Sin la formación catalana, las cuentas no salen. La suma de PSOE (120), Sumar (26), ERC (7), EH Bildu (6), PNV (5) y los adscritos al Mixto, resulta en un montante de 172. Faltarían cuatro votos de difícil cosecha salvo equívoco de señorías de PP, Vox y UPN.
Sin Ábalos en la ecuación, el escenario es aún más complicado porque el bloque de investidura pierde un leal aliado (acostumbraba a votar con el PSOE). El Gobierno y sus socios se quedarían en 171, los mismos 171 que suman PP, Vox y UPN. Así las cosas, la abstención de Junts ya no sería suficiente y daría al traste con muchas iniciativas.
Según ha podido saber Demócrata, de momento la Presidencia del Congreso no valora solicitar un informe a los letrados para explorar la posibilidad de rebajar las mayorías a 349, por lo que se mantendrían los 350 y la mayoría absoluta en 176.
¿Y si sí?
A pesar de la suspensión, Ábalos continúa siendo el dueño de su acta. En el caso de que renunciara a ella, el Grupo Parlamentario Socialista recuperaría un integrante. En concreto, Ana María González Herdaro, número siete de la lista del PSOE por Valencia. En tal caso, la Cámara Baja volverá a contar con 350 integrantes efectivos y en plenitud de funcione.
