El Pleno del Congreso de los Diputados ha tomado en consideración la Proposición de ley impulsada por el Grupo Plurinacional de Sumar que suprime seis artículos del Código Penal, modifica dos y añade uno con el objetivo de “proteger la libertad de expresión”, lo que incluiría despenalizar las injurias a la Corona y el enaltecimiento al terrorismo. El resultado de la votación ha sido de 177 votos a favor (PSOE, Sumar, ERC, Junts, EH Bildu, PNV, BNG, CC), frente a 169 en contra (PP, Vox y UPN).
El PSOE se ha posicionado a favor, aunque ha anticipado que el actual redactado de la norma no es de su agrado, sino que introducirían una serie de modificaciones en la fase de enmiendas. La diputada socialista Isaura Leal, ha apuntado que “no se puede, ni se debe, obviar las resoluciones de los organismos internacional” en las que se ha condenado a España en relación a la protección de la libertad de expresión. En consecuencia, su partido es proclive a abrir el debate para lograr un consenso.
Asimismo, ha señalado que, en todo caso, se debe velar por la protección a las víctimas y el refuerzo de la democracia.
Por su parte, el Partido Popular ha respondido desde la tribuna con la dura intervención del diputado Sergio Sayas, y también ha anunciado que desde su grupo se impulsará una iniciativa parlamentaria para que se prohíban los homenajes a terroristas, la posibilidad de indultarlos y que condenados por delitos de sangre vuelvan a ir en listas electorales como en las pasadas elecciones municipales.
“Lamentablemente, Sánchez compra la agenda del radicalismo y asume como propia una iniciativa que pretende ni más ni menos que despenalizar las injurias a la Corona, los ultrajes a los símbolos nacionales y eliminar el delito de enaltecimiento del terrorismo”, lamentan fuentes del Grupo Parlamentario Popular.
Reforma penal
La PL de Sumar propone reformar la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para suprimir los siguientes puntos:
- Apartado 3 del artículo 490, relativo a las calumnias e injurias contra la Corona, que se castiga con la pena de prisión de seis meses a dos años en los casos graves y una multa de seis a doce meses si no lo son.
- Artículo 491, también relacionado con las calumnias e injurias contra las personas de la Familia Real.
- Artículo 504, que recoge penas de multa de 12 a 18 meses a los que calumnien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma. También sanciona el mismo delito proferido contra los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
- Artículo 525, relativo a las ofensas contra los sentimientos religiosos, castigadas con una multa de entre ocho y 12 meses. Se contempla como delito, también, el escarnio público.
- Artículo 543, que refiere las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, castigados con la pena de multa de siete a 12 meses.
- Artículo 578, relativo a los delitos de enaltecimiento o justificación de terrorismo u organizaciones criminales.
Modificaciones
Además de la supresión de los antecitados artículos, Sumar apuesta por modificar la redacción del agravante 4º del artículo 22. Entre otras cosas, plantean eliminar “con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta”.
La Proposición de ley incluye la incorporación al Código Penal de un artículo 536 bis para estipular como delito que las autoridades, funcionarios públicos o agentes, fuera de los supuestos previstos por la ley, identifiquen a una o varias personas para revelar la identidad con el propósito de conocer o controlar su participación en actividades de índole político, sindical, religioso u otras actividades que se ejercitasen bajo el paraguas de los derechos a la libertad ideológica, de pensamiento o expresión. Sumar aspira a que la pena para este tipo peal sea la inhabilitación especial para el empleo o cargo público de uno a cuatro años y una multa de seis a 12 meses.
También percute sobre el artículo 538 para añadir un nuevo apartado segundo de manera que la autoridad o funcionario público que impidiera el derecho a la libertad de expresión de una o varias personas fuera castigado con la inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años y de seis a doce meses de multa.
Enrique Santiago, encargado de comparecer para explicar la iniciativa, ha apelado al PSOE, afirmando que desde Sumar esperan que la XV Legislatura sea una oportunidad para “seguir avanzando en materia de derechos sociales, laborales y mejorar las condiciones de vida de las personas”, y para la “recuperación de libertades públicas y derechos civiles”.
