El Grupo Plurinacional de Sumar ha registrado este viernes un Proposición de ley para suprimir seis artículos del Código Penal, modificar dos y añadir uno con el objetivo proteger la libertad de expresión. La formación liderada por Yolanda Díaz considera que se está limitando el derecho constitucional a la libertad de expresión aplicando tipos penales desproporcionados de forma injustificada. El diputado Enrique Santiago (IU) ha apuntado, en concreto, contra la denominada ley Mordaza (Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana), los delitos contra los sentimientos religiosos, delitos contra la Corona, injurias contra el Gobierno y/o sus símbolos y la ambigüedad del delito de enaltecimiento al terrorismo, entre otros.
Así, el grupo parlamentario de Sumar propone reformar la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal para suprimir los siguientes puntos:
- Apartado 3 del artículo 490, relativo a las calumnias e injurias contra la Corona, que se castiga con la pena de prisión de seis meses a dos años en los casos graves y una multa de seis a doce meses si no lo son.
- Artículo 491, también relacionado con las calumnias e injurias contra las personas de la Familia Real.
- Artículo 504, que recoge penas de multa de 12 a 18 meses a los que calumnien o amenacen gravemente al Gobierno de la Nación, al Consejo General del Poder Judicial, al Tribunal Constitucional, al Tribunal Supremo, o al Consejo de Gobierno o al Tribunal Superior de Justicia de una Comunidad Autónoma. También sanciona el mismo delito proferido contra los Ejércitos, Clases o Cuerpos y Fuerzas de Seguridad.
- Artículo 525, relativo a las ofensas contra los sentimientos religiosos, castigadas con una multa de entre ocho y 12 meses. Se contempla como delito, también, el escarnio público.
- Artículo 543, que refiere las ofensas o ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a sus Comunidades Autónomas o sus símbolos o emblemas, efectuados con publicidad, castigados con la pena de multa de siete a 12 meses.
- Artículo 578, relativo a los delitos de enaltecimiento o justificación de terrorismo u organizaciones criminales.
Modificaciones
Además de la supresión de los antecitados artículos, Sumar apuesta por modificar la redacción del agravante 4º del artículo 22. Entre otras cosas, plantean eliminar “con independencia de que tales condiciones o circunstancias concurran efectivamente en la persona sobre la que recaiga la conducta”.
La Proposición de ley incluye la incorporación al Código Penal de un artículo 536 bis para estipular como delito que las autoridades, funcionarios públicos o agentes, fuera de los supuestos previstos por la ley, identifiquen a una o varias personas para revelar la identidad con el propósito de conocer o controlar su participación en actividades de índole político, sindical, religioso u otras actividades que se ejercitasen bajo el paraguas de los derechos a la libertad ideológica, de pensamiento o expresión. Sumar aspira a que la pena para este tipo peal sea la inhabilitación especial para el empleo o cargo público de uno a cuatro años y una multa de seis a 12 meses.
También percute sobre el artículo 538 para añadir un nuevo apartado segundo de manera que la autoridad o funcionario público que impidiera el derecho a la libertad de expresión de una o varias personas fuera castigado con la inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años y de seis a doce meses de multa.
Enrique Santiago, encargado de comparecer para explicar la iniciativa, ha apelado al PSOE, afirmando que desde Sumar esperan que la XV Legislatura sea una oportunidad para no solo “seguir avanzando en materia de derechos sociales, laborales y mejorar las condiciones de vida de las personas”, sino también para la “recuperación de libertades públicas y derechos civiles”.