El PP activa en el Senado el conflicto institucional con el Congreso por la proposición de ley orgánica de amnistía

El Grupo Popular registra el escrito para que la Cámara Alta requiera al Congreso la retirada del texto de amnistía al considerar que debería tramitarse como una reforma constitucional y no como ley orgánica

Votación en el Pleno del Senado en una sesión celebrada el 18 de noviembre de 2021 | SENADO

Un «vicio de procedimiento (…) por la utilización fraudulenta del procedimiento legislativo para fines que no le son propios». Así considera el Grupo Popularla tramitación seguida en el Congreso por la Proposición de Ley Orgánica (PLO) de Amnistía, como refleja el escrito por el que piden al Senado que plantee un conflicto institucional con el Congreso de los Diputados. Con este movimiento, el PP inicia formalmente el procedimiento para que el Senado exija a la Cámara Baja la retirada de la PLO de Amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña, la popularmente conocida como Ley de amnistía.

En su escrito, los populares hacen suyas las palabras de la Mesa del Senado, las de parte del acuerdo de calificación por el que se admitía a trámite la iniciativa remitida por el Congreso, aprobado con los únicos votos de los representantes del PP en la reunión del órgano rector de este pasado martes, 19 de marzo.

La propuesta de conflicto de atribuciones, registrada ayer por la tarde y a la que ha tenido acceso este diario, sigue la hoja de ruta planteada por la Secretaría General del Senado en su informe sobre la inconstitucionalidad del dictamen del Congreso sobre la PLO de Amnistía, conocido a principios de esta semana. Dicho informe, encargado semanas atrás por el presidente de la Mesa, el popular Pedro Rollán, es la base sobre la que se fundamenta el grueso del documento del Grupo Popular.

Además de analizar la constitucionalidad del texto, el informe de los letrados de la Cámara Alta dedicaba un apartado a posibles actuaciones judiciales ante «la remisión al Senado de un texto con posibles vicios de inconstitucionalidad, materiales y formales», como concluía que sucede con la PLO de amnistía.

DISPUTA EN LA MESA POR LA ADMISIÓN A TRÁMITE

El enfrentamiento entre el PP y el PSOE por la PLO de Amnistía se trasladó el martes a la Mesa. El órgano rector acordó admitir a trámite el texto de amnistía aprobado por el Congreso. La decisión se hizo con los únicos votos de los miembros del PP, mientras que los integrantes del PSOE no votaron en señal de desacuerdo. En el texto del acuerdo, la mayoría de la Mesa introdujo algunas valoraciones como "dudas sobre su constitucionalidad" y otras observaciones del informe jurídico de la Secretaría General.

Desde el Grupo Socialista rechazaban el acuerdo en sí porque consideran que dicho trámite no tiene cabida y por tanto no debería haberse llevado a cabo. En el PSOE entienden que toda proposición de ley remitida desde el Congreso debe tramitarse de forma automática en el Senado, sin que quepa una negativa por parte de la Mesa del Senado. En la misma línea se pronunciaron los servicios jurídicos de la Cámara Alta en su informe al respecto: "la posibilidad de que el Senado devuelva textos al Congreso ab initio [desde el principio] (...) no está prevista en el artículo 90.2 de la Constitución".

¿Qué es un conflicto institucional o de atribuciones?

En su ofensiva contra la iniciativa legislativa del PSOE, los populares apuestan por plantear el conflicto entre órganos de naturaleza constitucional (entre el Congreso y el Senado en este caso), una de las dos opciones contempladas por la Secretaría General en su análisis jurídico. La figura del conflicto institucional es un procedimiento al que pueden recurrir ciertos órganos constitucionales (Gobierno, Congreso, Senado o el CGPJ) cuando consideran que otro de ellos está invadiendo sus competencias constitucionales o atribuciones legales.

LA TRAMITACIÓN NO SE DETIENE

El planteamiento del conflicto institucional o de atribuciones entre órganos no paraliza en ningún caso la tramitación de la PLO de Amnistía en las Cortes. Su interposición no suspende los plazos legalmente previstos en la Constitución o en el Reglamento de la Cámara: dos meses al tramitarse, a petición del PP, por el procedimiento ordinario (hasta el próximo 16 de mayo como fecha máxima).

El Grupo Popular, apoyándose en el informe encargado por la Mesa a los servicios jurídicos de la Cámara, considera que la PLO de amnistía «en realidad supone una reforma constitucional», una modificación que requeriría de un proceso legislativo distinto al seguido hasta ahora, el de la proposición de ley orgánica, como fue calificada por la Mesa del Congreso. Esa tramitación, la de ley orgánica, «ha impedido que el Senado tuviera la posibilidad de actuar según el procedimiento previsto en el Título X de la Constitución Española (CE)», el que establece el proceso de reforma de la Carta Magna, valora el PP.

A juicio de los populares, «el Senado se ve mermado en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales, al impedírsele la tramitación de esta iniciativa de acuerdo con el procedimiento que correspondería: (…) el de una reforma constitucional».

¿En qué consiste el conflicto institucional?

El procedimiento del conflicto entre órganos de naturaleza constitucional viene contemplado en la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (LO del TC), en los artículos 73-75, y su activación en el Senado queda regulada por el Reglamento del Senado, que en su artículo 188 lo reserva a los grupos parlamentarios o a 25 senadores, siempre mediante un «texto debidamente motivado».

Una vez que el Senado plantee el conflicto institucional con el Congreso (el PP tiene mayoría absoluta en el Pleno de la Cámara Alta, que es donde se tomará el acuerdo), el Congreso tiene tres opciones:

  1. Acatar el requerimiento del Senado y proceder a la retirada de la PLO de amnistía.
  2. Ignorar al Senado y no rectificar en el plazo de un mes, lo que se consideraría silencio administrativo negativo.
  3. Responder al Senado reafirmándose en sus actuaciones previas por considerar que actúa dentro de sus potestades constitucionales y legales.

Tanto en el segundo como en el tercer escenario, el Senado tendría la opción de plantear el conflicto ante el Tribunal Constitucional.

¿Cómo es el procedimiento del conflicto institucional?

El Senado tiene un mes para hacer llegar al Congreso el requerimiento motivado por el conflicto de atribuciones, a contar desde que la PLO de amnistía llegó a la Cámara Alta, el pasado día 15 de marzo.

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