La Comisión de Trabajo, Inclusión, Seguridad Social y Migraciones prevé aprobar este miércoles la Proposición de Ley para la mejora de la protección de las personas donantes en vivo de órganos para su posterior trasplante. Durante la ponencia, el articulado -que se remitiría directamente al Senado al tener la Comisión competencia legislativa plena- ha ampliado la cobertura al sector pesquero, y finalmente, ha dejado fuera a los autónomos.
El objetivo del articulado es otorgar a las personas donantes una cobertura lo más amplia posible, configurando los procesos de donación como supuestos especiales de incapacidad temporal, con un régimen específico de protección, para los trabajadores por cuenta ajena y funcionarios públicos.
En el redactado de la propuesta no fueron incluidos los trabajadores del sector marítimo-pesquero, un fleco que se ha subsanado durante la ponencia, incorporando una modificación de la Ley 47/2015 reguladora de la protección social de las personas trabajadoras del sector marítimo-pesquero con el propósito de ampararles.
Las donaciones de órganos no solo implican una intervención quirúrgica, con todo lo que ello conlleva, sino un periodo en el que, en caso de ser trabajador por cuenta propia o ajena o funcionario público, requiere asistencia sanitaria y se encuentra impedido para el trabajo.
De igual forma, con carácter previo a la cirugía de extracción del órgano, existen distintos actos que requieren a la persona y van desde la naturaleza sanitaria, como pueden ser pruebas, hasta trámites burocráticos que exigen la ausencia del trabajo durante toda la jornada laboral o parte de ella.
Nuevos derechos, ¿para quién?
Aunque en la actualidad los procesos de donación de órganos ya tienen cobertura a través de la prestación de incapacidad temporal por enfermedad común, el PSOE impulsó una proposición de ley para “reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales por donación de órganos para su trasplante, de tal manera que para tener derecho a la prestación no se exigirá ningún período previo de cotización, cubriendo tanto los días discontinuos como ininterrumpidos, en que el donante no pueda prestar servicios debido a la preparación médica de la cirugía, como los transcurridos desde el día del ingreso hospitalario para la realización de esta hasta que sea dado de alta por curación”.
También se ampliarían estas coberturas en el Régimen Especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia, en la Ley de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas y en la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
Por otra parte, se propone también modificar el Estatuto de los Trabajadores y articular un permiso retribuido por el tiempo indispensable para la asistencia a las sesiones de información, “para la realización de los preceptivos informes y exámenes clínicos, incluida la exploración médica, previos a la determinación de idoneidad de los donantes vivos y de sus órganos, así como para la prestación del consentimiento, siempre que deba tener lugar dentro de la jornada de trabajo”.
En definitiva, el propósito es cubrir aquellas ausencias necesarias que, por no consistir en actos médicos, ni alcanzar en su duración toda la jornada médica, no queden cubiertas por la situación especial de incapacidad temporal.
La iniciativa recogía que quedarían bajo este paraguas legislativo los trasplantes de órganos como riñón, hígado, pulmones, páncreas, córnea, corazón, hueso, tubo digestivo, médula ósea, etc.; y durante la ponencia, se han incluido también las donaciones de tejidos.
¿Y los autónomos?
La iniciativa socialista suscitó tal concierto en torno a la propuesta que el hemiciclo se tiñó de verde en la votación de la toma en consideración, con 340 votos favorables de 340 emitidos.
Sin embargo, una arista pone en peligro el apoyo unánime. El Gobierno ha integrado durante la ponencia una enmienda registrada por sus respectivos grupos parlamentarios (PSOE y Sumar) para fijar un plazo de dos años para evaluar los efectos de la nueva ley y, en caso de que se haya registrado un incremento tangible y real del número de personas donantes vivas, se propondría una extensión de la misma protección a colectivos que, a día de hoy, no podrían beneficiarse, como es el caso de los autónomos y/o los desempleados.
El Ejecutivo argumenta que es importante evaluar primero el impacto de la norma antes de incrementar las personas que puedan acogerse a los nuevos beneficios.
Leyes y reglamentos que se modifican:
Ley General de la Seguridad Social.
Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
Régimen especial de la Seguridad Social del personal al servicio de la Administración de Justicia.
Ley sobre Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.
Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado.
Reglamento General del Mutualismo Administrativo.
Reglamento General de la Seguridad Social de las Fuerzas Armadas.