La Consejería de Desarrollo Sostenible ha anunciado la ampliación de los periodos hábiles de caza y de las vedas de aplicación general en todo el territorio de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2025-2026. Esta revisión modifica el calendario fijado el 27 de mayo de 2025, después de que la campaña se viera interrumpida por causas meteorológicas.
Según la orden difundida en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recogida por Europa Press, el episodio de fuertes lluvias registrado durante el último mes en distintas comarcas de la región ha provocado una notable caída en la intensidad de las capturas previstas sobre la población de ungulados, al no haberse podido realizar un número relevante de cacerías colectivas.
A raíz de esta reducción de batidas, y partiendo de una situación previa de sobrepoblación de especies cinegéticas de caza mayor, la Junta persigue “garantizar su estabilidad poblacional y minimizar los previsibles impactos ecológicos, económicos y sociales derivados de la sobreabundancia y crecimiento exponencial de estas especies en Castilla-La Mancha, en caso de no ejercerse adecuadamente la presión cinegética programada”, por lo que considera imprescindible ampliar el periodo hábil de determinadas modalidades.
La Consejería da por cumplido el trámite de información pública mediante la consulta al Consejo regional de Caza celebrada el 5 de febrero de 2026, al entender justificada la urgencia de la ampliación de los periodos hábiles y existir en dicho órgano representación de los sectores implicados.
Con la nueva orden, el periodo de caza de ciervo, gamo y muflón se prolonga hasta el 1 de marzo, en lugar del 21 de febrero inicialmente previsto. De igual modo, se extiende el periodo general de caza de jabalí hasta el 1 de marzo, que se suma al periodo especial ya establecido del 22 de febrero al 7 de octubre.
En cuanto al corzo, los calendarios se mantienen sin cambios: un periodo exclusivo para machos del 1 de septiembre al 30 de septiembre y del 1 de abril al 31 de julio, y otro solo para hembras, del 1 de diciembre al 1 de marzo.
Tampoco se modifica la planificación para la cabra montesa, que conserva un periodo común para machos y hembras del 15 de octubre al 15 de enero, y otro reservado únicamente a machos del 1 al 31 de marzo.
Las cacerías colectivas podrán notificarse con un plazo mínimo de cinco días hábiles, acompañando la comunicación de una declaración responsable en la que se acredite la imposibilidad de haberlas celebrado con anterioridad por motivos meteorológicos.
La modificación del calendario cinegético ha entrado en vigor este mismo jueves, coincidiendo con su publicación en el DOCM.