La Xunta abre la puerta a excepciones en el veto al pastoreo en áreas quemadas

La Xunta permitirá excepciones al veto de pastoreo en zonas quemadas para evitar “mayores prejuicios” a los ganaderos, con reconocimiento de oficio de daños.

1 minuto

La Xunta abre la puerta a excepciones en el veto al pastoreo en áreas quemadas

Publicado

1 minuto

La Consellería do Medio Rural ha detallado que permitirá excepciones a la prohibición de pastoreo en determinadas zonas dañadas por los incendios forestales del pasado verano, según figura en una instrucción difundida este miércoles.

En un comunicado, y tras remarcar que la opción de contemplar estas excepciones ya está prevista en la normativa en vigor, el departamento autonómico precisa que se podrán autorizar excepciones a la prohibición general de pastoreo en terrenos afectados por incendios forestales cuando se acrediten pérdidas de difícil o imposible reparación o se constate la inexistencia de alternativas al pastoreo en las áreas afectadas por los incendios forestales dentro de la misma demarcación forestal.

Asimismo, se abre la posibilidad de permitir excepciones en el caso de pastos dañados por grandes incendios forestales en los que la Administración haya puesto en marcha medidas extraordinarias para la consolidación de suelos quemados, la trituración de la vegetación quemada, la reparación de cierres ganaderos y la reparación de infraestructuras.

En este contexto, la Consellería recalca que, en estos supuestos, se podrán reconocer de oficio las pérdidas de difícil reparación y la ausencia de soluciones alternativas.

La Xunta subraya que, mediante esta instrucción, se introducen estas excepciones con la finalidad de evitar “mayores prejuicios” a los ganaderos, que de no aplicarse esta vía tendrían que aguardar dos años para retomar el pastoreo.

De este modo, se considera acreditada la concurrencia de las circunstancias de pérdidas de difícil reparación y ausencia de soluciones alternativas, reconociéndose de oficio, por lo que las personas afectadas no tendrán que hacer ningún trámite al respecto.

En cualquier caso, la Consellería recuerda que, para poder aprovechar los pastos en montes o terrenos forestales en los supuestos excepcionales contemplados, será obligatorio respetar el régimen general de los aprovechamientos forestales de pastos, que exige disponer de un derecho de pastoreo y estar inscrito en el Registro Público de Terrenos Forestales de Pastoreo de montes o terrenos forestales.