Medio Rural lanza ayudas de 15 millones para silvicultura en 2026 y 2027

Galicia activa 15 millones en ayudas para silvicultura entre 2026 y 2027, con tres líneas de apoyo a frondosas, masas autóctonas y sotos de castaño.

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El Diario Oficial de Galicia (DOG) recoge este viernes la orden de la Consellería do Medio Rural por la que se ponen en marcha ayudas por un total de 15 millones de euros destinadas a actuaciones de silvicultura durante los ejercicios 2026 y 2027.

Estas subvenciones se dirigen tanto a la silvicultura productiva de coníferas como a intervenciones silvícolas con fines ambientales y no productivos en masas de frondosas, además de la rehabilitación de sotos de castaños. Estas aportaciones están cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agrícola Común de España (Pepac) para el periodo 2023-2027.

La primera línea, orientada a las frondosas, está dotada con un importe total de 7 millones de euros para los años 2026 y 2027. Está dirigida a fomentar una silvicultura productiva orientada a la obtención de madera de sierra y madera técnica de alta calidad. Se subvencionan tratamientos silvícolas como clareos y podas altas, desbroces de penetración, selección de pies de porvenir, control de los aprovechamientos y gestión de los restos.

La segunda línea, con una dotación de 6 millones de euros para el mismo periodo 2026-2027, está enfocada a la gestión forestal activa de masas de frondosas autóctonas (excepto castaño), compatibilizando la producción de madera de calidad con la conservación de los servicios ambientales, como la protección del suelo, la biodiversidad y el ciclo hidrológico.

Por último, la tercera línea cuenta con un presupuesto de 2 millones de euros, también para los años 2026 y 2027, y se centra en la recuperación y mejora de sotos de castaño, con el objetivo de potenciar tanto la producción de fruto como la obtención de madera de alta calidad.

Los beneficiarios de estas líneas de subvención podrán ser las personas físicas o jurídicas que sean titulares de los terrenos objeto de ayuda, tanto propietarios como arrendatarios o gestores, así como las agrupaciones forestales de gestión conjunta y los silvicultores activos inscritos en los registros correspondientes.