Ley de Mecenazgo: un nuevo avance

La contribución del sector privado en la consecución de fines de interés general se regula por primera vez en el estado español con la Ley 49/2002 de 23 de diciembre. Durante estos más de veinte años, nuestra sociedad, y la realidad socio-económica, han evolucionado. Es por ello que desde diferentes sectores hace tiempo se demandaba una reforma de la legislación al respecto. Hace dos semanas, la Comisión de Hacienda del Congreso dio luz verde a una importante reforma de la Ley de Mecenazgo, a través de una iniciativa legislativa que impulsamos desde el Partit Demócrata Català (PDeCAT). En esta reforma podemos distinguir tres grandes bloques de mejoras en el ámbito del mecenazgo.

El primer bloque, es el que procede a extender el ámbito de actividades beneficiadas por el mecenazgo, por ello  se amplía la relación de actividades económicas desarrolladas por entidades sin ánimo de lucro y que les permitan beneficiarse de la exención del impuesto sobre sociedades. Así, se incluyen las acciones de inserción sociolaboral de personas en riesgo de exclusión social,  las actividades de educación de altas capacidades, y también las actividades de innovación que complementan las de investigación y desarrollo.

«Para el micromecenazgo, se amplía la cuantía de 150 euros a 250 euros en que se aplica la deducción del 80%»

En un segundo bloque, podemos enmarcar todas las mejoras en las deducciones fiscales al mecenazgo. En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), con carácter general se amplía en un 5%, hasta alcanzar el 40%, el porcentaje de deducción sobre la cuota íntegra de las cantidades destinadas a mecenazgo, y para el micromecenazgo, se amplía la cuantía de 150 euros a 250 euros en que se aplica la deducción del 80%. A su vez se reduce en términos reales de cuatro a tres años el número de ejercicios en los que tiene que hacer donativos a una misma entidad por importe igual o superior a los del ejercicio anterior, para acceder a un porcentaje incrementado que se aumenta hasta el 45%.

En el Impuesto sobre Sociedades, el porcentaje de deducción sobre la cuota íntegra de las cantidades destinadas a mecenazgo se amplia del 35% al 40% con carácter general. Alcanza hasta el 50% en el caso de donativos a una misma entidad por importe igual o superior durante tres años, reduciéndose también un año para las personas jurídicas. Y un aspecto también muy relevante para las sociedades es que el límite que opera sobre la base imponible para el cálculo de las deducciones aumenta del diez al quince por ciento.

«Se incluye explícitamente la cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación como tipología de donativo»

Finalmente, en un tercer bloque, se agrupan las reformas que tienen como objetivo ampliar el concepto de donación o aportación que se beneficia del régimen aplicable al mecenazgo. Se incluye explícitamente la cesión de uso de un bien mueble o inmueble sin contraprestación como tipología de donativo, y se incluye también en la valoración del donativo los gastos soportados anualmente por el cedente durante el tiempo que dura la cesión del bien. También se incluyen en el marco de los convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, las prestaciones de servicios, aspecto muy demandado por el sector no lucrativo y los colegios profesiones.

Asimismo, se regula que los donativos, donaciones o aportaciones mantiene su carácter irrevocable, puro y simple, aunque el donante reciba una mención honorífica o un reconociendo reputacional, siempre que carezca de relevancia económica que pudiese considerarse como contraprestación. Y a su vez, también por primera vez, con esta reforma se establece que el donante puede recibir bienes y servicios entregados o prestados por el donatario o beneficiario siempre que el valor de lo recibido no supere el 15% del valor del donativo, ni el importe de 25.000 euros.

Aunque quizás en algunos aspectos nos hubiera gustado ir un poco más allá, esta ley que hemos impulsado creo que es el avance más importante en la regulación del mecenazgo que se ha producido durante los últimos lustros. Quiero dejar constancia de que este ha sido un trabajo colectivo de todo nuestro grupo parlamentario, donde destaca la labor del diputado Sergi Miquel, ponente de la ley y verdadero catalizador legislativo de las inquietudes del sector, y que conjuntamente con ellos ha estado trabajando e impulsando esta reforma de manera incansable.

Entre estas entidades del sector que han sido fundamentales en este proceso quiero mencionar de forma especial a la Coordinadora Catalana de Fundaciones, la Fundación Catalunya Cultura y la Asociación Española de Fundaciones, así como también Foment del Treball, Cecot y Pimec. A estas entidades se deben añadir una larga lista de personas que a título individual o representado sus asociaciones han contribuido durante mucho tiempo a que esta ley sea una realidad.

Esta reforma ha sido aprobada con el apoyo mayoritario de todos los grupos parlamentarios y sin ningún voto en contra, aspecto que también debo agradecer y destacar por poco habitual, al menos en esta legislatura. Y finalmente debo constatar la voluntad por parte del Gobierno a llegar a un acuerdo que permite no solo aprobar la iniciativa, sino también garantizar una aplicación rápida y razonable. El mecenazgo es un aspecto trasversal que afecta a diferentes ministerios del Gobierno y a quien los coordina, pero debo destacar, el papel, la disposición, y el talante de la ministra María Jesús Montero y todo el equipo del Ministerio de Hacienda, así como al ministro de Cultura, Miquel Iceta.

Creo que tenemos muchos motivos para estar satisfechos. Estamos satisfechos porque esta reforma responde a una demanda de la sociedad en su conjunto, del sector no lucrativo y de una parte importante de la ciudadanía que pretende colaborar más con este sector. Estamos satisfechos porque ha cosechado un amplio consenso político en el Congreso, en momentos en que no vamos sobrados de este. Estamos satisfechos porque esta reforma refuerza la colaboración público-privada y la acción, la financiación y el apoyo fiscal a entidades sin ánimo de lucro que trabajan en el ámbito de la cultura, de la educación, de la asistencia, del deporte, del medio ambiente o de la investigación entre otros.

Estamos satisfechos porque se refuerza la sociedad civil estructurada y un tejido social de entidades privadas que trabajan por el interés general, en un momento en que es muy necesario. Y finalmente, también debo decirlo, estamos satisfechos porque esta es la primera iniciativa legislativa de un grupo parlamentario que no forma parte del Gobierno que prospera en esta legislatura.

En definitiva, como casi siempre en la actividad política este es un avance más y, aunque importante, estoy seguro de que no es el deseado por todos, ni el definitivo. Deberemos en un futuro continuar avanzado a medida que lo haga, y lo demande, nuestra sociedad.

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