Análisis y Opinión

Subir el SMI sin revisar los contratos públicos: un riesgo para los servicios esenciales en España

Javier Sigüenza es presidente de alianzAS insta al Ejecutivo a abrir "un diálogo urgente con las organizaciones representativas del sector para adaptar el texto del SMI"

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 Javier Sigüenza es presidente de alianzAS

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El debate sobre la subida del salario mínimo interprofesional (SMI) para 2026 vuelve a situarse en el centro de la agenda política y social. Quienes trabajamos en el sector de los servicios esenciales intensivos en personas compartimos el objetivo de mejorar las condiciones salariales y el poder adquisitivo de nuestros empleados. Sin embargo, la forma en la que se plantea este nuevo incremento puede generar consecuencias no deseadas que conviene analizar con rigor.

Los servicios esenciales —limpieza, mantenimiento integral de edificios, restauración colectiva, servicios de atención a mayores, cuidados para personas dependientes y atención domiciliaria, servicios de instalaciones deportivas, contact centers, centros especiales de empleo y servicios energéticos— prestan servicios básicos que sostienen el día a día de millones de ciudadanos. Son sectores con una característica común: entre el 80% y el 90% de sus costes corresponden a salarios. Por ello, cualquier modificación en el SMI tiene un impacto inmediato, directo y multiplicado.

El borrador que maneja el Gobierno plantea una subida del SMI aplicada exclusivamente sobre el salario base, excluyendo complementos salariales como la nocturnidad, la peligrosidad o la turnicidad. Esta aproximación no refleja la nómina real que perciben los trabajadores y rompe con la doctrina consolidada del Estatuto de los Trabajadores y de la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que establecen que dichos complementos deben computarse en el cálculo del salario mínimo. Introducir este cambio vía Real Decreto no solo es discutible desde el punto de vista técnico, sino que abre la puerta a una elevada inseguridad jurídica.

Las consecuencias económicas de esta medida serían especialmente graves para las empresas de servicios esenciales que operan bajo contratos con las administraciones públicas. En muchos de estos sectores la práctica totalidad de la actividad se desarrolla mediante contratos públicos de larga duración. La Ley de Desindexación y la Ley de Contratos del Sector Público impiden actualizar los precios durante la vigencia del contrato, incluso cuando se producen incrementos de costes estructurales como el SMI.

El resultado es un desequilibrio económico que las empresas no pueden absorber ni repercutir. A ello se suma la posición manifestada recientemente por el propio Gobierno de descartar una reforma de este marco legal, lo que deja a los contratos públicos sin una vía real de adaptación a los cambios salariales que se pretenden impulsar.

La incertidumbre sobre la cuantía y la estructura futura del SMI dificulta enormemente la planificación económica de las empresas

Desde el sector de los servicios esenciales estimamos que el impacto de esta subida, en los términos planteados, podría suponer incrementos injustificados de costes salariales de hasta el 20%, como consecuencia de la previsión de impedir la compensación de pluses y complementos, el efecto arrastre en otras partidas salariales vinculadas y el incremento asociado de los costes de la Seguridad Social. Esta situación pone en serio riesgo la viabilidad de miles de contratos públicos, con posibles consecuencias como la renuncia a contratos, concursos desiertos, pérdida de empleo y, lo que es más preocupante, el deterioro de servicios básicos para la ciudadanía.

A este escenario se suma un problema adicional: la falta de previsibilidad. La incertidumbre sobre la cuantía y la estructura futura del SMI dificulta enormemente la planificación económica de las empresas, la negociación colectiva y la gestión de plantillas. En sectores que prestan servicios continuados y esenciales, la improvisación normativa no es una opción.

Una amenaza para la negociación colectiva

Conviene recordar, además, que el Estatuto de los Trabajadores habilita al Gobierno para fijar la cuantía del SMI, pero no para modificar su estructura ni el régimen de compensación y absorción salarial, materias reservadas a la ley y a la negociación colectiva. Tampoco la directiva europea que se pretende transponer exige cambios de este calado. Forzar estas modificaciones por la vía reglamentaria puede derivar en conflictos judiciales, litigiosidad masiva y un bloqueo operativo de convenios colectivos.

Llegados a este punto, quiero subrayar que nuestra posición no es de confrontación. No cuestionamos el objetivo de mejorar los salarios ni el valor del diálogo social. Al contrario: defendemos que cualquier reforma debe abordarse desde un diálogo técnico y realista, que tenga en cuenta la especificidad de los servicios esenciales y la realidad de la contratación pública. Subir el SMI sin revisar los contratos públicos equivale, en la práctica, a trasladar un coste adicional sin financiación, algo insostenible para sectores que ya operan con márgenes muy ajustados.

Los servicios esenciales han demostrado, especialmente en momentos de crisis (como la pandemia de la COVID-19 o el apagón eléctrico de abril de 2025), su papel vertebrador de la sociedad. Garantizan cuidados, limpieza, alimentación y atención continuada allí donde el mercado no llega y donde el Estado necesita aliados fiables. Proteger a las personas trabajadoras y proteger estos servicios no son objetivos incompatibles; al contrario, son dos caras de la misma moneda.

Por eso, desde alianzAS pedimos al Gobierno que abra un diálogo urgente con las organizaciones representativas del sector para adaptar el texto del SMI a la realidad económica y jurídica de los servicios esenciales, y para abordar de forma coherente el encaje de estas subidas salariales en un marco de contratación pública que hoy se reconoce como rígido, pero que no se quiere reformar. Hacerlo no es retroceder en derechos, sino asegurar que las buenas intenciones no terminen debilitando aquello que sostiene el bienestar cotidiano de millones de ciudadanos.

SOBRE LA FIRMA: Javier Sigüenza es presidente de alianzAS, entidad representante de asociaciones, federaciones y confederaciones empresariales cuyos miembros son entidades prestadoras de servicios esenciales para las administraciones públicas