Las centrales sindicales CCOO y UGT muestran su confianza en que el Tribunal Constitucional anule las sentencias del Tribunal Supremo que rechazan la opción de reconocer una indemnización adicional en casos de despido declarado improcedente.
En una nota pública, CCOO y UGT explican que han intervenido de forma activa en la preparación del recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional, junto con la abogada del trabajador afectado, para pedir la nulidad de las resoluciones que, frente al criterio del Juzgado de lo Social n.º 3 de Barcelona, se negaron a fijar una compensación complementaria por los daños efectivos sufridos por el empleado despedido, restringiendo la reparación al sistema tasado previsto en el artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
Según ambos sindicatos, con este recurso de amparo el Tribunal Constitucional dispone de una ocasión para reafirmar que los derechos laborales deben aplicarse de forma “efectiva” por parte de los órganos jurisdiccionales.
En el escrito de amparo, las organizaciones sindicales argumentan que las resoluciones cuestionadas vulneran el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva, al llevar a cabo una interpretación arbitraria y excesivamente restrictiva del ordenamiento jurídico, al negar efectos jurídicos internos al artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada.
Asimismo, sostienen que la sentencia del Supremo pasa por alto el mandato constitucional de interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales ratificados por España y que la negativa a incorporar el artículo 24 de la Carta Social Europea al enjuiciamiento interno implica separarse sin justificación de compromisos internacionales plenamente asumidos por el Reino de España.
Las organizaciones sindicales recuerdan que el Comité Europeo de Derechos Sociales ha declarado en decisiones de fondo, derivadas de reclamaciones colectivas impulsadas por UGT y CCOO, que la normativa española sobre despido improcedente no garantiza una “indemnización adecuada” en los términos que fija el artículo 24 de la Carta Social Europea revisada.
Además, subrayan que el actual sistema de indemnización, cerrado y tasado, impide ponderar los perjuicios reales, tanto patrimoniales como personales, derivados de un despido sin causa, con un impacto especialmente intenso en colectivos vulnerables, como las personas trabajadoras de mayor edad.
NO ES UN DEBATE SOBRE CUANTÍAS INDEMNIZATORIAS
En esta línea, CCOO y UGT insisten en que el recurso va más allá de una discusión técnica sobre las cuantías de las indemnizaciones y que lo que se dirime es “el propio sentido del contrato de trabajo como vínculo jurídico y estable, que no puede ser roto de forma unilateral por el empleador sin una reparación adecuada y disuasoria”.
“La Carta Social Europea exige que, en caso de despido sin causa justificada, la persona trabajadora tenga derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada. Ello implica que el sistema no puede quedar reducido a una compensación automática y predeterminada que, en muchos casos, resulta insuficiente para reparar el daño real y carece de efecto disuasorio”, han defendido.
En coherencia con ello, CCOO y UGT recuerdan que España ha ratificado íntegramente la Carta Social Europea Revisada y el Protocolo adicional que regula el sistema de reclamaciones colectivas, y que ambos instrumentos fueron aprobados con el respaldo del Parlamento español, integrándose así en el ordenamiento interno.
Por todo ello, las organizaciones sindicales confían en que el Tribunal Constitucional repare los derechos que consideran vulnerados y subraye que España, como Estado social y democrático de Derecho, está obligada a cumplir de forma plena los compromisos internacionales que ha ratificado.