Economía

Díaz recuerda a los empleados sus permisos climáticos ante alertas por lluvias intensas

Yolanda Díaz insiste en que los trabajadores pueden usar permisos climáticos, teletrabajo y cambios de jornada ante alertas rojas y naranjas por lluvias.

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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Ananda Manjón - Europa Press

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz. Ananda Manjón - Europa Press

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La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, ha reiterado a los empleados que tienen la posibilidad de acogerse a permisos climáticos, modificar su jornada laboral y dar prioridad al teletrabajo cuando se activen alertas rojas y naranjas por fenómenos meteorológicos adversos, como las fuertes lluvias que afectan a varias zonas del sureste peninsular.

A través de un mensaje en su red social Bluesky, Díaz ha subrayado que la legislación laboral permite estas fórmulas cuando existen problemas o restricciones en los desplazamientos, insistiendo en que “lo primero es la seguridad”.

Los permisos climáticos contemplan que los trabajadores puedan dejar de acudir a su puesto hasta un máximo de cuatro días retribuidos cuando se declare una emergencia climática o un episodio meteorológico adverso grave que impida o haga peligroso el acceso al centro de trabajo, o cuando las autoridades ordenen permanecer en el domicilio.

Si la situación exige una ausencia más prolongada, las compañías tienen la opción de recurrir a un expediente de regulación temporal de empleo (ERTE) por causa de fuerza mayor, para ajustar la actividad mientras dure el episodio climatológico.

En cualquier caso, la responsable de Trabajo ha incidido en que las empresas deben comunicar a la plantilla con la mayor antelación posible los riesgos existentes y las medidas que se aplicarán, además de facilitar instrucciones claras para detener la actividad mientras persista el peligro.

Paralelamente, la ministra ha recordado que la normativa también permite que los representantes de los trabajadores puedan decidir la paralización de la actividad cuando se produzcan fenómenos climatológicos extremos que comprometan la seguridad.

Díaz ha remarcado igualmente que los empleados no pueden ser objeto de represalias ni sufrir perjuicios laborales si se ponen en marcha las medidas previstas en estos supuestos.