El Gobierno da luz verde a la subida del SMI hasta 1.221 euros al mes desde enero

El Consejo de Ministros aprobará hoy subir el SMI un 3,1% hasta 1.221 euros mensuales en 2026, con efectos retroactivos desde el 1 de enero.

2 minutos

Comenta

Publicado

2 minutos

Más leídas

El Consejo de Ministros tiene previsto aprobar este martes el incremento del salario mínimo interprofesional (SMI) en un 3,1% con efectos desde el 1 de enero y hasta el 31 de diciembre de 2026, de forma que quedará fijado en 1.221 euros mensuales en catorce pagas.

Con esta actualización, la cuantía del SMI se sitúa 37 euros por encima al mes y 518 euros más al año que la vigente en 2025, cuando era de 1.184 euros mensuales y 16.576 euros anuales.

Tras la subida del 3,1%, el salario mínimo de 2026 se establece en 17.094 euros brutos al año y en 40,70 euros brutos al día, con carácter general. Para los trabajadores eventuales y temporeros, el SMI por jornada legal en la actividad se fija en 57,82 euros, mientras que las personas empleadas de hogar no podrán percibir menos de 9,55 euros por cada hora efectivamente trabajada.

El aumento del SMI, que se aplicará con carácter retroactivo desde el 1 de enero del presente ejercicio y alcanzará a unos 2,5 millones de asalariados, deriva del acuerdo cerrado a finales de enero entre el Ministerio de Trabajo y las organizaciones sindicales, y fue rubricado ayer por la vicepresidenta primera, Yolanda Díaz, y los secretarios generales de CCOO y UGT, Unai Sordo y Pepe Álvarez, en un acto presidido por el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez.

Se trata del sexto año consecutivo en el que Trabajo pacta en solitario con los sindicatos la revisión del SMI, sin el respaldo de la patronal CEOE, contra la que cargó este lunes Pedro Sánchez por “borrarse” del acuerdo.

Al igual que en ejercicios anteriores, la revisión del SMI no modifica la estructura ni la cuantía de los salarios profesionales que ya vinieran percibiendo los trabajadores cuando, en su conjunto y en cómputo anual, resulten superiores al salario mínimo.

En cambio, deberán revisarse al alza las retribuciones fijadas en contratos o acuerdos de carácter privado que, en su conjunto y en cómputo anual, queden por debajo del SMI de 2026, ajustándolas en la cuantía necesaria para garantizar su percepción, conforme a las actuales reglas de absorción y compensación.

En este contexto, aunque el Gobierno y las centrales sindicales han consensuado, dentro del pacto para elevar el SMI de 2026, modificar las normas de absorción y compensación con el fin de que el incremento del salario mínimo no se vea neutralizado mediante cambios en los pluses que perciben los trabajadores, dicha reforma se abordará en otro Real Decreto distinto, aprovechando la transposición al ordenamiento jurídico español de la directiva europea sobre salarios mínimos.