El Tribunal de Comercio de EEUU declara inválidos los aranceles del 10% de Trump

El Tribunal de Comercio Internacional de EEUU declara inválidos los aranceles del 10% de Trump, en un fallo limitado a tres demandantes pero recurrible.

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06 May 2026, US, Washington: US President Donald Trump speaks during a Mother's Day Celebration in the East Room of the White House. Photo: Andrew Leyden/ZUMA Press Wire/dpa Andrew Leyden/ZUMA Press Wire/dp / DPA

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El Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos ha dictaminado que son “inválidos” los aranceles del 10% que el presidente Donald Trump impuso de forma temporal el pasado mes de febrero, después de que el Tribunal Supremo anulara los gravámenes recíprocos masivos.

El fallo, adoptado por una ajustada mayoría de 2 a 1 en un panel de jueces profundamente dividido, supone un nuevo revés para la Casa Blanca. Sin embargo, no conlleva la eliminación general del nuevo arancel ni un reembolso extensivo, ya que su efecto directo se limita a tres demandantes concretos: el estado de Washington y las compañías Burlap & Barrel y Basic Fun!, aunque deja abierta la posibilidad de que otros importadores pidan medidas cautelares más amplias.

En la resolución, el Tribunal de Comercio Internacional de EEUU concluye que la imposición de estos aranceles al amparo de la sección 122 de la Ley de Comercio de 1974, que confiere al presidente de EEUU la potestad de afrontar determinados problemas de pagos internacionales mediante recargos y otras restricciones especiales a las importaciones, “es inválida y los aranceles impuestos a los demandantes carecen de autorización legal”.

Según detalla la Corte, en vez de centrarse en los déficits de balanza de pagos, como se entendía este concepto en 1974, la decisión presidencial se apoya en los déficits de la cuenta corriente y en un análisis de “un déficit comercial considerable y grave”, de modo que, aunque la cuenta corriente tenga relevancia para los déficits de balanza de pagos, “son conceptos distintos, y la ley reconoce esta distinción”.

Además, el tribunal subraya que la propia declaración del Gobierno deja claro que la proclamación de los nuevos aranceles no se sustenta en los indicadores usados para medir los déficits de balanza de pagos que se tuvieron en cuenta en el momento de aprobar la norma.

Pese a ello, uno de los tres magistrados del panel emitió un voto particular al estimar “prematuro” decidir si el Tribunal debía avalar o anular la medida.

La decisión del Tribunal de Comercio Internacional de EEUU puede ser impugnada por el Gobierno mediante un recurso que trasladaría el caso al Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal de Estados Unidos y, posteriormente, de forma potencial, a la Corte Suprema.