El TSJC tumba la exigencia de contratar los VTC con una hora de antelación en Barcelona

El TSJC anula la precontratación de una hora para VTC en Barcelona al verla excesiva, pero mantiene la prohibición de captar clientes en la vía pública.

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Vehículo VTC en la avenida Diagonal EUROPA PRESS

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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha dejado sin efecto varios apartados del reglamento aprobado en 2019 que restringía la operativa de los vehículos de transporte con conductor (VTC) en el área metropolitana de Barcelona. Entre los puntos anulados figura la exigencia de reservar estos servicios con una antelación mínima de una hora, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press.

La sentencia, adelantada este lunes por “La Vanguardia”, estima de forma parcial el recurso presentado por la Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) contra diversos artículos de la normativa metropolitana, en especial el artículo 11. Este precepto imponía a los usuarios la obligación de contratar los VTC con al menos 60 minutos de margen y el tribunal lo califica de “excesivo”.

El TSJC basa su fallo en que este periodo de precontratación vulnera el derecho a la libertad de empresa recogido en el artículo 38 de la Constitución, al entenderlo como un “impedimento práctico” para desarrollar la actividad y un elemento que puede disuadir a los potenciales clientes de recurrir a este tipo de transporte.

En su argumentación, el tribunal cita además otras resoluciones anteriores del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional en asuntos análogos, en las que ya se habían anulado plazos de precontratación de 30 minutos fijados en distintas comunidades autónomas, como las Islas Baleares y el País Vasco.

En cambio, la resolución rechaza parte de las reclamaciones de la ACCO relativas al artículo 9 y respalda que los VTC tengan prohibido circular por la vía pública en busca de usuarios o captar viajeros que no hayan contratado previamente el servicio. El TSJC considera que esta limitación supone una “traslación directa” de lo previsto en la normativa estatal y autonómica vigente.