Hacienda estudia castigar fiscalmente a los propietarios que eleven la renta del alquiler al término de un contrato

El Gobierno estudia usar el IRPF para penalizar subidas de alquiler y endurecer las reglas de contratos de temporada y alquiler por habitaciones

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La vicepresidenta primera del Gobierno y  ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez.  Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

La vicepresidenta primera del Gobierno y ministra de Hacienda, María Jesús Montero, y la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez. Alejandro Martínez Vélez - Europa Press

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El Gobierno está analizando la posibilidad de emplear el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) como vía de castigo fiscal para los propietarios que incrementen el precio de los alquileres, según han confirmado fuentes del Ejecutivo.

De acuerdo con la información avanzada por El País, esta penalización solo se aplicaría en el caso de subidas al finalizar el contrato, no en el incremento anual (normalmente del IPC) permitido por la ley.

Desde el Ministerio de Hacienda han señalado a Europa Press que esta propuesta se está discutiendo con los grupos parlamentarios, después de que los socios del Gobierno hayan expresado su rechazo frontal a la iniciativa del Ejecutivo de ofrecer una bonificación del 100% en el IRPF a los caseros que no suban la renta a sus inquilinos durante la renovación de los contratos de alquiler de vivienda.

En la actualidad existen distintas reducciones y deducciones estatales ligadas al arrendamiento de vivienda, beneficios que podrían verse ampliados o restringidos con el nuevo planteamiento que están negociando conjuntamente los ministerios de Hacienda y Vivienda.

Límites a los contratos de temporada y al alquiler por habitaciones

Entre los planes del Gobierno figura también acotar los contratos de temporada. Para ello, el Ejecutivo quiere fijar requisitos claros para que un contrato pueda catalogarse como de temporada y diseñar un régimen sancionador para quienes vulneren la normativa estatal sobre alquileres de corta duración.

Paralelamente, se prevé restringir el uso del alquiler por habitaciones. La intención del Gobierno es trasladar las garantías de los arrendamientos de vivienda habitual a los contratos por habitaciones. Así, los nuevos contratos de este tipo deberán cumplir dos condiciones: que la renta total del conjunto de habitaciones no pueda superar la renta del contrato de la vivienda completa y que, en las zonas tensionadas declaradas, se les apliquen los mecanismos de control de rentas previstos en la ley de vivienda.

Reducciones y deducciones estatales por alquilar una vivienda

En estos momentos, Hacienda mantiene las reducciones generales en el IRPF por destinar una vivienda habitual al alquiler. Según la Ley por el Derecho a la Vivienda, los propietarios pueden acogerse a una reducción del 60% si el contrato con el inquilino se firmó antes del 26 de mayo de 2023, de modo que solo tributarían por el 40% del rendimiento neto del alquiler.

Para los contratos de alquiler de vivienda habitual suscritos a partir de esa fecha, se contempla una reducción del 50%, que puede elevarse al 60% si la vivienda ha sido rehabilitada en los dos años previos a la firma del contrato, o hasta el 70% si el inmueble participa en un programa público de alquiler a precio de mercado.

Con las penalizaciones que ahora está valorando el Gobierno, la reducción general del 50% se iría recortando en caso de que el propietario aumente la renta del alquiler, hasta el punto de poder llegar a desaparecer por completo.

En paralelo, en las zonas consideradas “tensionadas” Hacienda incentiva a los caseros con reducciones del 70% si alquilan por primera vez la vivienda a un inquilino de entre 18 y 35 años y del 90% cuando la renta pactada en un nuevo contrato de alquiler se rebaja más de un 5%.