El secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, ha indicado que someterá a consulta de los interlocutores sociales los borradores relativos a la Directiva Europea de Transparencia Salarial con el fin de iniciar su transposición "cuanto antes", antes de que expire el plazo fijado para el próximo 7 de junio.
Durante la rueda de prensa en la que se han dado a conocer los datos de paro y afiliación correspondientes al mes de febrero, Pérez Rey ha subrayado que la Directiva de Transparencia Retributiva constituye una norma europea "decisiva" en cuya negociación España ha tenido una participación muy activa en el marco de la Unión Europea (UE), y ha recalcado que el Ministerio de Trabajo procederá a trasponerla "a la mayor brevedad".
"Los consultaremos con los interlocutores sociales y arrancaremos la transposición normativa cuanto antes. Es un proceso que se va a iniciar de forma inmediata y completará lo que ya ha hecho este Gobierno con los dos reglamentos básicamente de plan de igualdad y registro retributivo el 901 y el 902, siendo el complemento decisivo a un aparato normativo que pretenderá erradicar ese elemento inaceptable que es la brecha salarial de género", ha expuesto.
El secretario de Estado ha recalcado que en España se han producido avances "muy significativo" en la reducción de la brecha salarial de género, aunque ha advertido de que cualquier diferencia que persista resulta "inadmisible".
La Directiva Europea de Transparencia Salarial (UE 2023/970), que debe estar traspuesta antes del 7 de junio de 2026, establece que las empresas deberán hacer públicos los rangos salariales de las ofertas de empleo, bien en el propio anuncio de la vacante o, como muy tarde, antes de la entrevista, y veta que se pregunte a las personas candidatas por su salario anterior.
El objetivo central de esta directiva es combatir la discriminación retributiva y avanzar en la eliminación de la brecha retributiva de género en el conjunto de la Unión Europea.
Para ello, las compañías de la UE estarán obligadas a proporcionar información sobre las retribuciones y a adoptar actuaciones específicas cuando su brecha retributiva de género supere el 5% y no pueda justificarse mediante criterios objetivos y neutros desde el punto de vista del género, como puede ser la antigüedad en el puesto de trabajo.
Si la diferencia salarial excede ese umbral del 5%, las empresas deberán poner en marcha medidas correctoras, entre ellas la realización de una evaluación retributiva conjunta junto con los representantes legales de las personas trabajadoras.
La directiva incorpora, además, previsiones relativas a la indemnización de las víctimas de discriminación retributiva y al régimen sancionador, que contempla la imposición de multas a los empleadores que incumplan estas obligaciones.