Qué pasa ahora en Andalucía: estos son los plazos para investir presidente tras las elecciones

Desde la constitución del Parlamento el 11 de junio hasta una muy poco probable repetición electoral: así se desarrollará el proceso de investidura en la Junta de Andalucía.

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Se activa el cronometro para elegir presidente tras las elecciones en Andalucía. María José López/Europa Press.
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Las elecciones en Andalucía han dejado configurado el nuevo mapa político del Parlamento autonómico. A partir de ahora se abre un procedimiento reglado por el Estatuto de Autonomía y el Reglamento del Parlamento andaluz que marcará los tiempos de la investidura.

El primer paso ya tiene fecha. La sesión constitutiva de las nuevas Cortes autonómicas quedó fijada para el jueves 11 de junio a las 12.00 horas, según el decreto de convocatoria electoral firmado a finales de marzo por el presidente de la Junta, Juanma Moreno, para disolver la Cámara y convocar los comicios de este 17 de mayo.

A partir de ese momento comenzará formalmente el proceso para designar al candidato que optará a la Presidencia de la Junta.

El presidente del Parlamento tiene 15 días para proponer candidato

El Reglamento del Parlamento andaluz establece que, una vez constituida la Cámara, corresponderá a quien resulte elegido presidente o presidenta del Parlamento iniciar la ronda de contactos con los representantes de los partidos con presencia parlamentaria. Tras esas consultas, deberá proponer un candidato a la Presidencia de la Junta.

Ese paso no puede demorarse indefinidamente. La norma fija un plazo máximo de 15 días hábiles desde la constitución del Parlamento para formalizar esa propuesta. Será entonces cuando el candidato designado comparezca ante la Cámara para presentar su programa de gobierno y someterse a la votación de investidura.

Qué mayoría necesita el candidato

El Estatuto de Autonomía establece que, en una primera votación, el candidato necesita reunir mayoría absoluta para ser investido presidente. Si no alcanza ese respaldo, se celebrará una nueva votación 48 horas después.

En ese segundo intento, el umbral baja y bastará con mayoría simple, es decir, más votos a favor que en contra. Si tampoco prospera la candidatura, el procedimiento no se cierra automáticamente. La normativa prevé que puedan plantearse nuevas propuestas de candidatos y nuevas votaciones dentro del mismo proceso parlamentario.

Cuándo habría repetición electoral

El límite temporal está fijado con claridad. Si transcurren dos meses desde la primera votación de investidura sin que ningún candidato consiga al menos mayoría simple, el Parlamento quedará disuelto de forma automática.

En ese escenario, correspondería al presidente de la Junta en funciones convocar nuevas elecciones autonómicas. Hasta ahora, esa posibilidad nunca se ha producido en Andalucía.

Desde el inicio de la autonomía, todos los procesos de investidura han terminado con la elección de un presidente sin necesidad de repetir elecciones por bloqueo parlamentario.