La UE cambia las reglas: el precio deja de mandar en la compra pública de fármacos

El acuerdo provisional entre Parlamento y Consejo introduce criterios obligatorios de resiliencia y seguridad del suministro en las licitaciones públicas, impulsa la producción farmacéutica europea y refuerza los mecanismos de compra conjunta y reservas estratégicas para reducir la dependencia exterior y combatir el desabastecimiento de medicamentos esenciales en la Unión Europea

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Cuando las primeras oficinas comenzaban a encender sus despachos y los trabajadores más madrugadores iniciaban la rutina hacia sus puestos de trabajo, cerca de las seis de la mañana, los colegisladores europeos alcanzaban un acuerdo político provisional para implementar la futura Ley de Medicamentos Críticos, una de las grandes apuestas regulatorias de Bruselas para combatir el desabastecimiento de fármacos en la Unión Europea. El pacto supone un nuevo paso en la estrategia comunitaria para reforzar la autonomía sanitaria del bloque mediante el impulso de la producción local y la diversificación de proveedores externos, con el objetivo de reducir lo que las instituciones califican como “dependencias peligrosas” en materia farmacéutica.

La iniciativa nace en un contexto marcado por las lecciones aprendidas durante la pandemia, la crisis energética y las tensiones geopolíticas derivadas de la guerra en Ucrania, que evidenciaron la vulnerabilidad europea frente a terceros países en sectores considerados estratégicos. En el caso farmacéutico, Bruselas reconoce que buena parte de los principios activos esenciales y medicamentos básicos consumidos en Europa dependen actualmente de cadenas de suministro altamente concentradas en Asia, especialmente en China e India.

Con este nuevo reglamento, la Unión Europea pretende construir un marco jurídico capaz de garantizar el acceso continuado a medicamentos esenciales y, al mismo tiempo, fortalecer la capacidad industrial del continente. El acuerdo alcanzado entre Parlamento y Consejo incluye medidas de compra conjunta, mecanismos de solidaridad, incentivos industriales y nuevas obligaciones en contratación pública para introducir criterios de resiliencia en el mercado farmacéutico europeo.

Compras conjuntas y reservas estratégicas

El texto acordado impulsa de manera significativa la compra conjunta de medicamentos entre Estados miembros, siguiendo la lógica aplicada durante la adquisición de vacunas frente a la COVID-19. La intención de Bruselas es que los países europeos puedan negociar conjuntamente determinados medicamentos críticos para aumentar su poder de negociación frente a las compañías farmacéuticas y garantizar un acceso más equitativo entre los distintos mercados nacionales.

Además, el reglamento establece mecanismos de solidaridad y reservas estratégicas destinadas a asegurar el suministro de productos considerados vitales, como la insulina, antibióticos o determinados tratamientos hospitalarios esenciales. La norma incorpora también salvaguardas específicas para los medicamentos huérfanos, aquellos destinados al tratamiento de enfermedades raras o poco frecuentes, un ámbito especialmente sensible debido a la limitada rentabilidad comercial de muchos de estos productos.

La Comisión Europea considera que estas herramientas permitirán evitar episodios de escasez que en los últimos años han afectado a hospitales y farmacias de numerosos Estados miembros. Según reconocen fuentes comunitarias, los problemas de suministro ya no afectan únicamente a medicamentos complejos o innovadores, sino también a productos básicos ampliamente utilizados en atención primaria.

Una pieza complementaria de la reforma farmacéutica

El reglamento complementa en realidad la gran revisión de la legislación farmacéutica europea acordada a finales del pasado año, centrando el foco específicamente en la resiliencia industrial y en la seguridad de las cadenas de suministro. Mientras la reforma farmacéutica general redefine los incentivos regulatorios y el sistema de protección de datos, la Ley de Medicamentos Críticos introduce una dimensión claramente industrial y estratégica.

Uno de los principales elementos del acuerdo es la creación de una nueva categoría de “proyectos estratégicos”, destinados a crear, modernizar o ampliar la capacidad de fabricación de medicamentos críticos y principios activos dentro de la Unión Europea. Estos proyectos contarán con un estatus prioritario, beneficiándose de procedimientos de autorización más rápidos, apoyo administrativo específico y un acompañamiento regulatorio reforzado.

El objetivo comunitario pasa por reducir la excesiva dependencia exterior en determinadas cadenas de producción consideradas sensibles. Bruselas busca así incentivar inversiones industriales dentro del territorio europeo y evitar que futuras crisis internacionales vuelvan a comprometer el acceso a medicamentos esenciales.

Las instituciones europeas defienden que la autonomía estratégica abierta, concepto impulsado por la Comisión en los últimos años, también debe extenderse plenamente al ámbito sanitario y farmacéutico. La producción de principios activos, que durante décadas fue desplazándose hacia Asia por razones de costes, vuelve ahora a situarse en el centro de la política industrial europea.

El precio deja de ser el único criterio

Uno de los aspectos más relevantes del acuerdo tiene que ver con la contratación pública. Parlamento y Consejo han pactado introducir la obligación de que las autoridades contratantes incorporen criterios de resiliencia en las licitaciones de medicamentos críticos.

Esto supone un cambio sustancial respecto al modelo aplicado hasta ahora, donde el precio constituía habitualmente el factor predominante en la adjudicación de contratos públicos. A partir de la entrada en vigor del reglamento, las administraciones deberán valorar también elementos como la seguridad del suministro, la capacidad de almacenamiento, la diversificación geográfica de proveedores o la transparencia de las cadenas de suministro.

En aquellos casos donde se identifique una vulnerabilidad significativa o una dependencia excesiva de terceros países, las autoridades nacionales podrán otorgar preferencia a medicamentos o principios activos fabricados dentro de la Unión Europea. La medida representa uno de los cambios más sensibles desde el punto de vista económico y comercial, ya que introduce de facto un componente de soberanía industrial en las políticas sanitarias europeas. Fuentes comunitarias sostienen que la medida no pretende cerrar el mercado europeo ni romper las reglas de competencia, sino introducir elementos de seguridad estratégica en un sector considerado esencial. No obstante, algunos actores industriales y comerciales ya anticipan posibles debates sobre compatibilidad con las normas de comercio internacional y con el funcionamiento del mercado interior.

Coordinación europea y solidaridad voluntaria

El acuerdo contempla también la creación del Grupo de Coordinación de Medicamentos Críticos, integrado por representantes de los Estados miembros y de la Comisión Europea. Este organismo tendrá como misión coordinar inversiones, programas nacionales y mecanismos de compra colaborativa, además de supervisar posibles riesgos de suministro.

Otro de los puntos más sensibles de la negociación ha sido el relativo a la redistribución de medicamentos entre países en situaciones de crisis. Según confirman fuentes de la presidencia del Consejo, el Parlamento Europeo habría aceptado finalmente la postura de los Estados miembros para eliminar las enmiendas que proponían un sistema obligatorio de redistribución.

En su lugar, los colegisladores han optado por establecer un modelo basado en la transparencia y en mecanismos de solidaridad voluntaria para el intercambio de información sobre existencias de contingencia y capacidades nacionales de almacenamiento. Algunos gobiernos mostraban reticencias ante la posibilidad de verse obligados jurídicamente a ceder reservas estratégicas nacionales en momentos de tensión sanitaria.

También se ha acordado mantener cierto margen de flexibilidad para que las autoridades nacionales adapten los nuevos requisitos de contratación pública a la realidad de sus respectivos mercados hospitalarios. De este modo, Bruselas evita imponer un modelo completamente uniforme en un ámbito donde persisten importantes diferencias entre sistemas sanitarios nacionales.

Más protección para medicamentos huérfanos

Otro de los elementos modificados durante las negociaciones ha sido la ampliación del alcance de la ley para incluir expresamente los medicamentos huérfanos destinados al tratamiento de enfermedades raras. Los proyectos estratégicos vinculados a estos productos podrán beneficiarse de procedimientos acelerados y apoyo regulatorio específico, aunque el texto introduce ciertos matices respecto al acceso a financiación directa europea.

La inclusión de estos medicamentos responde a la preocupación creciente de las instituciones comunitarias por garantizar el acceso a terapias destinadas a patologías minoritarias, un ámbito donde la disponibilidad de tratamientos sigue siendo desigual entre países europeos.

Para facilitar además que los Estados miembros unan fuerzas en las compras conjuntas, los colegisladores han reducido el número mínimo de países necesarios para solicitar que la Comisión Europea negocie adquisiciones en su nombre. El umbral baja de nueve a cinco o seis Estados, dependiendo del tipo de procedimiento, lo que previsiblemente facilitará la activación de estos mecanismos en futuras situaciones de escasez.

Obligaciones industriales

En relación con las reservas estratégicas, el acuerdo establece que cualquier requisito nacional de almacenamiento deberá aplicarse con transparencia y sin generar distorsiones negativas sobre el mercado interior ni sobre el acceso de otros Estados miembros a determinados productos.

Además, el texto endurece las obligaciones aplicables a aquellas compañías que reciban financiación europea para desarrollar proyectos estratégicos. Las empresas beneficiarias deberán comprometerse a mantener la producción y el suministro dentro de la Unión Europea, reforzando así la lógica de autonomía estratégica perseguida por Bruselas.

Las instituciones comunitarias consideran que la financiación pública europea debe ir acompañada de compromisos industriales concretos que garanticen beneficios reales para el sistema sanitario europeo.

La Comisión celebra el acuerdo

Una vez alcanzado este acuerdo político provisional, el reglamento deberá ser refrendado formalmente tanto por el Consejo como por el Parlamento Europeo antes de entrar plenamente en vigor. Posteriormente, la aplicación de los nuevos requisitos de resiliencia en contratación pública contará con un periodo transitorio aproximado de doce meses.

Desde la Comisión Europea celebran el pacto como un paso decisivo para fortalecer la seguridad sanitaria del continente. Bruselas considera que la ley constituye una respuesta estructural a las vulnerabilidades detectadas en los últimos años y un instrumento clave para evitar futuras crisis de suministro.

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“El acuerdo de hoy llega en un momento crucial, cuando la vulnerabilidad de las cadenas de suministro queda tan claramente expuesta”, afirmó el comisario europeo de Sanidad, Oliver Várhelyi, tras cerrarse las negociaciones entre colegisladores.

En una entrevista concedida a Demócrata, la secretaria general del Partido Popular Europeo, Dolors Montserrat, defendía recientemente que el Parlamento Europeo trabajaba para que “Europa lidere el sector farmacéutico”. “Queremos reforzar la producción de medicamentos en Europa para evitar desabastecimientos, algo que vimos durante el COVID con productos básicos como el paracetamol”, señalaba entonces la dirigente popular.

Propiedad intelectual, genéricos y acceso

La nueva legislación se conecta además con la reforma farmacéutica acordada en diciembre, de la que Montserrat fue ponente, y que estableció nuevas obligaciones de comercialización y suministro para las compañías farmacéuticas. El objetivo de aquella reforma era dotar a los Estados miembros de herramientas más eficaces para garantizar un suministro estable de medicamentos esenciales.

Con las nuevas reglas, un Estado miembro podrá requerir a una compañía farmacéutica la distribución de un medicamento concreto dentro de su territorio. En caso de negativa, la empresa podría perder determinadas protecciones regulatorias vinculadas a la exclusividad de mercado, permitiendo la entrada de medicamentos genéricos competidores. Durante las negociaciones, las instituciones europeas insistieron en la idea de que el nuevo modelo busca incentivar comportamientos responsables más que castigar a las compañías. “Hemos incentivado, en vez de castigar”, explicaban fuentes presentes en el proceso negociador.

En paralelo, los colegisladores acordaron reforzar la denominada cláusula Bolar, un mecanismo jurídico que permite a los fabricantes de medicamentos genéricos comenzar estudios y preparativos regulatorios antes de que expire formalmente la protección de propiedad intelectual de un medicamento original.

El objetivo pasaba por lograr que los genéricos puedan entrar en el mercado inmediatamente después del vencimiento de las patentes, reduciendo costes y ampliando el acceso para pacientes y sistemas sanitarios públicos. Según explican fuentes del PPE, la intención es eliminar “burocracia, tiempos y costes” para acelerar la disponibilidad de tratamientos más asequibles.