Esta semana ha entrado en vigor la directiva que incluye la revisión de la legislación que afecta a las aguas superficiales y subterráneas. Una fecha clave con la que Bruselas pretende aumentar la resiliencia hídrica mientras busca reducir la contaminación. Se trata de una medida presentada hace ya cuatro años con la intención de que las listas de contaminantes del agua se ajustasen a las últimas recomendaciones científicas y que las nuevas sustancias se supervisasen y controlasen con mayor rigor.
En concreto, la reforma afecta a tres pilares fundamentales del marco legislativo hídrico comunitario: la Directiva Marco del Agua, la Directiva de Aguas Subterráneas y la Directiva de Normas de Calidad Ambiental. En su momento, la Comisión Europea defendió que el objetivo central era alcanzar la “contaminación cero” para 2050, protegiendo, por un lado, la salud humana y, por otro, la viabilidad de los ecosistemas frente a las amenazas químicas emergentes.
De hecho, este mismo lunes, la responsable comunitaria de resiliencia hídrica, Jessika Roswall, afirmó que esta reforma iba dirigida a reducir la contaminación de las aguas europeas provocada por productos químicos considerados nocivos. “Es precisamente lo que nos propusimos en la Estrategia Europea de Resiliencia Hídrica. Es una de las inversiones más inteligentes que podemos realizar y su rentabilidad será enorme”, explicó.
PFAS, medicamentos y Bisfenol A: los nuevos focos de vigilancia
La directiva actualiza las listas de contaminantes de acuerdo con los conocimientos científicos más recientes. Esto supone incorporar sustancias que antes no estaban reguladas o endurecer los límites permitidos para otras ya conocidas.
Uno de los puntos más relevantes afecta a los llamados PFAS, las sustancias perfluoroalquiladas y polifluoroalquiladas, conocidas popularmente como “químicos eternos” por su enorme persistencia en el medio ambiente. Estas sustancias se utilizan en productos industriales y de consumo cotidiano, desde utensilios de cocina hasta textiles impermeables o espumas contra incendios.
Para las aguas superficiales, la nueva normativa establece límites conjuntos para una suma de 25 PFAS, mientras que, en las aguas subterráneas, se regula una suma de las cuatro sustancias más problemáticas y otra suma adicional de 20 PFAS vinculadas a los estándares de agua potable. Bruselas considera que estas sustancias representan uno de los mayores desafíos ambientales y sanitarios de las próximas décadas debido a su capacidad de acumularse tanto en la naturaleza como en el cuerpo humano.
Por primera vez, además, se incluyen medicamentos en las listas de sustancias prioritarias o contaminantes de aguas subterráneas. Entre ellos figuran la carbamazepina, utilizada para tratar la epilepsia; el sulfametoxazol, un antibiótico ampliamente empleado; y varios antibióticos macrólidos. El objetivo es controlar el impacto de los residuos farmacéuticos en ríos y acuíferos, especialmente por el riesgo que representan para el desarrollo de resistencias antimicrobianas.
Noticia destacada
Cuando la agenda verde choca con la sanitaria: el 'coste oculto' de la directiva sobre aguas residuales
6 minutos
A ello se suma el endurecimiento de las normas sobre el Bisfenol A, un compuesto químico presente en determinados plásticos y resinas. La sustancia pasará a clasificarse como “sustancia peligrosa prioritaria” en aguas superficiales. Además, Bruselas prevé introducir una futura regulación de la llamada “suma de bisfenoles” para evitar que sustituir un compuesto por otro químicamente similar permita esquivar las restricciones ambientales.
En cuanto al glifosato, uno de los herbicidas más utilizados y controvertidos dentro de la Unión Europea, la reforma establece normas de calidad específicas diferenciando entre aguas destinadas a la producción de agua potable y aquellas utilizadas para otros fines.
Una definición más estricta del deterioro del agua
Más allá de la incorporación de nuevas sustancias, la reforma redefine conceptos clave para endurecer la evaluación del estado de las masas de agua europeas.
Hasta ahora, los Estados miembros contaban con cierto margen interpretativo a la hora de determinar cuándo una masa de agua se consideraba deteriorada. Con el nuevo texto, Bruselas aclara legalmente que existe deterioro si un solo indicador de calidad desciende de categoría, incluso aunque la clasificación general de la masa de agua no cambie.
Además, si un indicador ya se encuentra en la peor categoría posible, cualquier empeoramiento adicional también contará como deterioro. Con ello, la Comisión Europea busca evitar interpretaciones flexibles que permitan maquillar el empeoramiento real de la calidad del agua.
El texto establece igualmente que los llamados “contaminantes específicos de cuenca” (CECH), que anteriormente formaban parte del estado ecológico, pasen ahora a integrarse dentro de la definición de “buen estado químico”. Bruselas defiende que esta modificación permitirá un enfoque más holístico y coordinado del riesgo químico.
En la misma línea, se mantiene el principio de “uno fuera, todos fuera”, que implica que si un indicador falla, toda la masa de agua se considera en mal estado. No obstante, la reforma introduce nuevos indicadores armonizados de progreso para que los avances parciales en determinados parámetros puedan visualizarse y compararse entre países.
Microplásticos, resistencia antimicrobiana e inteligencia artificial
La directiva apuesta también por reforzar los sistemas de seguimiento mediante herramientas tecnológicas más avanzadas.
Se amplían así las listas de vigilancia para aguas superficiales y subterráneas con el objetivo de recopilar datos sobre sustancias emergentes antes de decidir una regulación definitiva. Entre ellas destacan los microplásticos y los indicadores de resistencia a los antimicrobianos (RAM), un fenómeno que preocupa especialmente a las autoridades sanitarias europeas.
La Comisión Europea considera que disponer de más información permitirá actuar con mayor rapidez frente a riesgos ambientales todavía insuficientemente estudiados. Por ello, se fomentará explícitamente el uso de tecnologías de teledetección, sensores en línea e incluso herramientas de Inteligencia Artificial para el tratamiento y análisis de los datos sobre calidad del agua.
La reforma pretende, además, reducir la carga administrativa para los Estados miembros simplificando determinados requisitos de información y facilitando el intercambio digital de datos entre los gobiernos nacionales y las instituciones europeas.
También se refuerza la cooperación transfronteriza. A partir de ahora, será obligatoria la emisión de alertas a los territorios situados aguas abajo de una cuenca hidrográfica cuando se produzcan incidentes de contaminación que puedan afectar a otros países europeos. Se trata de un aspecto especialmente sensible en regiones donde varios Estados comparten ríos y recursos hídricos estratégicos.
Nuevas obligaciones para los Estados miembros
La entrada en vigor de esta normativa abre también una nueva etapa en materia de transparencia y comunicación pública de datos ambientales.
Las agencias europeas pasarán a desempeñar un papel más relevante en la recopilación y difusión de información. Los Estados miembros deberán poner a disposición del público y de la Agencia Europea de Medio Ambiente los datos químicos cada dos años y los biológicos cada tres, de manera automatizada y digitalizada.
Por su parte, la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas asumirá una función permanente en la priorización de sustancias y en la elaboración de informes científicos para futuras revisiones legislativas.
Además, la directiva incorpora un componente jurídico relevante: los Veintisiete estarán obligados a garantizar que el público interesado, incluidas las organizaciones ecologistas, pueda impugnar ante los tribunales las decisiones relacionadas con la gestión y protección del agua. Bruselas considera que reforzar el acceso a la justicia ambiental es una herramienta clave para asegurar el cumplimiento efectivo de la normativa.
Un horizonte de aplicación hasta 2039
Pese a la entrada en vigor de la directiva, los Estados miembros todavía disponen de margen para adaptar sus legislaciones nacionales. El plazo de transposición finalizará el 21 de diciembre del próximo año, fecha límite para incorporar estas disposiciones al derecho interno de cada país.
A partir de ahí comenzará un proceso gradual de aplicación técnica y administrativa. Los programas de medidas para las nuevas sustancias deberán desarrollarse en ciclos específicos de planificación hidrológica, con el objetivo de alcanzar el buen estado de las aguas respecto a estos contaminantes, como muy tarde, en 2039. La reforma supone así uno de los mayores endurecimientos de la política europea del agua en las últimas décadas. Bruselas sostiene que el coste de actuar ahora será muy inferior al impacto económico, sanitario y ambiental de no hacerlo.
El debate, sin embargo, no está cerrado. Algunos sectores industriales y agrícolas alertan de que los nuevos requisitos podrían aumentar los costes regulatorios y generar nuevas obligaciones técnicas para empresas y administraciones. Las organizaciones ecologistas, por el contrario, consideran que la revisión llega tarde y que la Unión Europea debería haber actuado antes frente a sustancias cuya peligrosidad lleva años documentándose científicamente.